Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

JURISPRUDENCIA

  • Consulta : 153149
  • Autor : franciscoj101_NR
  • Publicado : Martes 29 de Mayo de 2012 09:49 desde la IP: 187.144.177.84
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • franciscoj101_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    existe una jurisprudencia creo que es la 2a7699 pero que la relacional con el art.113 LFT donde le dan la razon al acreedor donde debe nadamas de pagar el ultimo año los salarios caido y dicho art habla de salarios devengados que tan cierto es esto 

    gracias

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión