Estado de Referencia: Guanajuato
Buen día:
La presente es para solicitar su apoyo en la siguiente duda:
Actualmente la empresa en donde trabajo estamos elaborando las politicas organizacionales, reglamento interno y acta administrativa. La pregunta es, el reglamento interno de trabajo ¿debe presentarse ante la junta de conciliación y arbitraje y debe ser elaborada por una comisión mixta como lo indica el titulo séptimo art, 424 de la Ley Federal de Trabajo?
Y si fuera así, ¿que sucederia si la empresa solo elabora el reglamento y no lo presenta ante la junta de conciliación y arbitraje?
De antemano, muchisimas gracias por el apoyo.