Que tal un saludo a todos ustedes y una felicitación por este espacio. mi duda es la siguiente:
¿Las Diligencias de Información Ad perpetuan en Via de Jurisdicción Voluntaria es el juicio correcto para soliciar al juez, una vez que se acredite la posesión, se declare en consecuencia la propiedad del bien inmueble?
Ahora, tengo entendido según la legislación en el estado de san Luis potosi, que las diligencias es con citación de los colindantes ademas de diversas autoridades como son Oficinas catastrales y el Registro Publico de la Propiedad, pero que sucede si uno de los colindantes ya falleció y por tal razón es imposible notificarlo de las presentes diligencias a fin de que realice manifetaciones? como lo notifico?..
agradezco su tiempo y sus recomendaciones...¡¡¡
gracias...