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NEGATIVA DE PAGO DE INCAPACIDAD POR PARTE DEL IMSS EN RECAIDA POR ACCIDENTE DE TRABAJO CUANDO EXISTE YA INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL DICTAMINADA
- Consulta : 277564
- Autor : rra2008_NR
- Publicado : Martes 22 de Septiembre de 2015 11:23 desde la IP: 189.231.161.146
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,097
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 22 de Septiembre de 2015
Estado de Referencia: Chihuahua
Primero que nada saludos a todos y agradezco anticipadamente su apoyo, mi asunto es el siguiente:
Mi padre sufrió u riesgo de trabajo el cual provoco que le dictaminaran una "incapacidad permanente parcial", posteriormente lo dan de alta, quedo con lesiones que disminuyeron sus facultades para trabajar, entonces la empresa tenia dos opciones indemnizarlo o reubicarlo en un área apta a sus facultades de trabajo, la empresa decide la reubicación pero un tiempo después se enferma de nuevo y asiste a IMSS y el médico dictamina que es una recaída, de lo cual no estamos seguros si la nueva enfermedad tubo relación con el accidente o no, talvez no tiene relación y a mi parecer seria incapacidad por enfermedad general, y a partir de aqui inicia mi desacuerdo pues el médico que lo atendió dijo que no le puede dar incapacidad que por que ya tiene una "incapacidad permanente parcial" y tampoco le da incapacidad por enfermedad general ni un comprobante de su padecimiento el cual lo incapacita para trabajar para justificar con el patron sus faltas, y el patrón tampoco le quiere dar permiso para recuperarse de esta enfermedad, mis preguntas son las siguientes:
¿Si es una recaída tiene derecho a que se pague incapacidad, o solo a algún comprobante para justificar sus faltas pero sin pago?
¿El patrón esta obligado a darle un tiempo para recuperarse sin que se presente comprobante o a indemnizar?
¿Que procedimiento se debe seguir para saber si es recaída del accidente de trabajo o enfermedad general?
¿Al no existir justificante de incapacidad para trabajo pagada o no, existe riesgo de que lo despidan por no poder presentarse por su situación critica de salud?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 385694
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Septiembre de 2015 12:12 2015-09-22 12:12 desde IP: 189.134.149.134
Es un poco confuso la manera en que el IMSS actúa en estos casos, generalmente es a criterio y estado de ánimo del doctor.
Si tu papá quien ya tiene una IPP, se enferma por causa distinta a la IPP, el seguro debe pagarle el subsidio de una incapacidad por enfermedad no profesional.
Si sufre una recaída que no le permita trabajar, a causa de la IPP, no se le paga el subsidio porque se supone que para eso ya se le paga la IPP. En este caso lo que ustedes pueden promover es el aumento en la cuantía de la IPP y la incapacidad por este motivo.
En ambos casos el seguro está obligado a dar los justificantes al trabajador ya sea de una incapacidad no profesional o de una recaída por el riesgo de trabajo.
Si el seguro no le expide las incapacidades correspondientes la empresa podrá despedirlo.
Pueden solicitar asesoría en la PROFEDET.
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