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UTILIDADES
- Consulta : 254523
- Autor : lnena_her_NR
- Publicado : Miércoles 28 de Enero de 2015 12:16 desde la IP: 189.203.237.145
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 28 de Enero de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 373490
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Enero de 2015 16:24 2015-01-28 16:24 desde IP: 187.217.173.242
Hola
si renuncias, tienes derecho a las utilidades que en este año son las del 2014 y se e ntregan en mayo o junio dependiendo cuando hicieron la declzranción en la empresa
con respecto a que te toca, al renunciar es un finiquito que se compoe de dias laborados pendientes, porcentaje de aguinaldo, porcentaje de prima vacacional, dias pendientes.
eso es todo lo que marca la ley
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