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20 DIAS POR AñO

  • Consulta : 119867
  • Autor : belen_welling17_NR
  • Publicado : Sábado 16 de Julio de 2011 01:01 desde la IP: 189.156.66.168
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • belen_welling17_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    con respecto a los 20 dias por año, vi que comentaron en consultas anteriores que solo procedian al encuadrar en el art. 439 de la LFT, pero el cual se encuentra en el capitulo de relaciones colectiva, la pregunta es; si no hay contrato colectivo, es decir que no pertenece a un sindicato, el trabajador que sea despedido por recorte de personal provocado por la sustitucion del trabajador por maquinaria o nuevos procedimientos no puede reclamar los 20 dias por año?? y  ademas que se entiende por nuevos procedimientos es muy amplio aplicaria ser remplazado por un outsourcing??

     

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