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EX DEJA ENCARGADOS A MIS HIJOS PARA IRSE DE JUERGA
- Consulta : 138299
- Autor : reves_yo_soy_NR
- Publicado : Viernes 10 de Febrero de 2012 13:31 desde la IP: 168.255.251.51
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,085
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 10 de Febrero de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Tengo dos años separado y 3 hijos de 8,4 y 3 años. Anoche mi hija mayor me confeso muy apenada, que en repatidas ocasiones su mama (Mi Ex) los deja encargados ya sea con su mama o la señora del aseo, para irse a bailar o a bares con sus amiga(os), llegando borracha. cierto dia, al no encontrar quien se los cuidara, los dejo encerrados en la casa dormidos cerca de las 10 de la noche, mi hija se desperto en la madrugada y noto que no estaba, esperandola, vio a su mama llegando con un fulano y encerrarse en el cuarto de servicio.
En 3 ocasiones ha escuchado a su mama hablando por telefono en la noche y masturbandose desnuda, (sexo x telefono), y se desconcierta y me marca con su celular, por que no sabe que pasa. Llo peor de todo es que cierta noche se desperto x ruidos extraños y encontro a su mama teniendo relaciones sexuales, con dos desconocidos dentro de lacasa.
A mi me parece indignante que mi hija se de cuenta de la vida sexual de su mama, y que esta sea capaz de permitirse hacerlo dentro de la casa con mis hijos adentro. A quien acudir?, Estoy preocupado, no se que hacer?, Alguno de ustedes me puede orientar x favor?, o simplemente me esoty metiendo en la vida de mi Ex?,
Le mando un saludo cordial..
Camilo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 254121
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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Febrero de 2012 15:15 2012-02-10 15:15 desde IP: 168.255.251.51
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AutorRespuesta No: 254128
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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Febrero de 2012 15:59 2012-02-10 15:59 desde IP: 187.194.171.179
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AutorRespuesta No: 254133
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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Febrero de 2012 16:23 2012-02-10 16:23 desde IP: 201.157.6.73
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AutorRespuesta No: 254514
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 14:52 2012-02-13 14:52 desde IP: 168.255.251.51
Hago caso omiso del Sr. Mascaranegra, que cree que es una broma, si esto fuera?, no piedo mi tiempo en escribir.
Sr. Calamarin, como es que las llamadas podria utilizarlas?, el hecho es que x lo regular, aclaro no todas las llamadas que hago y recibo de la casa de mis hijos las grabo con mi comadora, especificamente solo tengo una llamada donde me indica que su mama esta "tocandose", esto me podria en algun momento ayudar si decido luchar por la custodia de mis hijos??
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AutorRespuesta No: 254525
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 15:31 2012-02-13 15:31 desde IP: 187.135.102.74
SI, pueden ayudarte las llamadas, asi que grabalas todas, y tambien las que tengas con la mama de tus hijos puede que en una de ellas confiese, sin embargo tambien las periciales en psicologia de tus hijos te serviran, asi que solicita la guarda y custodia de los menores ante el juzgado... te estas tardando, acude con un abogado y el te indicara la estrategia a seguir, si como bien dices tu ex lleva una vida de libertinaje, lo deveras probar, testigos, fotos, llamadas, videos etc...
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AutorRespuesta No: 254527
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 15:38 2012-02-13 15:38 desde IP: 168.255.251.51
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AutorRespuesta No: 254559
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 18:33 2012-02-13 18:33 desde IP: 187.194.57.96
las gravaciones no tienen ningun valor procesal .... ya que para que funckionen... tendrian que ser avaladas por una pericial... que en mexico no s eusa... por cara y poco conocida... la foniatria...
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AutorRespuesta No: 254560
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 18:41 2012-02-13 18:41 desde IP: 187.149.167.124
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AutorRespuesta No: 254562
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 18:48 2012-02-13 18:48 desde IP: 187.194.57.96
sañludos sergioA... no.. estas a tiempo con el tiempo legal y juridico... y buscando alguna cosa de interes... no hay peritos foniatras en mexico... mni en la pgr... ya no vean la tele... eso de csi (si es gay... )
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AutorRespuesta No: 254586
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 19:22 2012-02-13 19:22 desde IP: 187.135.102.74
Seguros?????????? tengo Casos en donde las grabaciones han sido tomadas encuenta como pruebas, y en donde se ha decidido otorgar la guarda y custodia de los menores al padre, tomando en cuenta las grabacione y diversas pruebas mas, asi que no digan con tanta seguridad que no se puede señores.
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AutorRespuesta No: 254591
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 19:29 2012-02-13 19:29 desde IP: 187.194.57.96
no con tanta seguridad... sino con harta...pero harta seguridad...
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AutorRespuesta No: 254603
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 19:58 2012-02-13 19:58 desde IP: 187.135.102.74
con harta pero harta cerrazón......
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AutorRespuesta No: 254605
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 20:06 2012-02-13 20:06 desde IP: 187.194.57.96
es serio hermilo... muy serio...no cerrado... no conozco un juzgado donde haya sido admitida... ni una matderia donde haya sido admitida...
claro que soy nuevo en esto... ya cumpli 31 años de estar lidiando con jueces y 4 años como coyote estudiantil... 35 años... algo tienen que decir... y he estado muy al pendiente de esto...
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AutorRespuesta No: 254613
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 20:22 2012-02-13 20:22 desde IP: 187.135.102.74
Pues tambienes serio lo que te digo, a mi me la aceptaron y era apenas un coyote como ustedes le llaman o un pasahambres tambien, y me lo tomaron en cuenta, se fueron a la apelacion y no funciono, incluso mi contraparte se amparo, pero nadamas no le funciono acordaron igual que el juez a quo, se fueron a la revision y sorpresa tambien perdieron. y es enserio
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AutorRespuesta No: 254618
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Febrero de 2012 20:53 2012-02-13 20:53 desde IP: 187.144.24.124
hartas...pero munchas felicidades.... sorprenddiste y... tue fue bien... felicidades...
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AutorRespuesta No: 254669
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Fecha de respuesta: Martes 14 de Febrero de 2012 09:47 2012-02-14 09:47 desde IP: 168.255.251.51
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AutorRespuesta No: 254692
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Fecha de respuesta: Martes 14 de Febrero de 2012 12:59 2012-02-14 12:59 desde IP: 187.135.102.74
Es posicion d ecad persona esperar sin hacer nada, o actuar y conseguir lo que quiere.
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AutorRespuesta No: 254755
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Fecha de respuesta: Martes 14 de Febrero de 2012 21:31 2012-02-14 21:31 desde IP: 187.204.187.137
BUENAS NOCHES:
Lo primero es que busques y cointrates un abogado titulado y con cedula profesional, con especialidad en materia familiar, que te diga con documentos y los indicios qwue dices tener, si estos te sirven para inciiar una acciòn, civil o penal; pero desde luego que las grabaciones que dices tener o que te acosejan consguir, ningpùn valoir juridico tienen, no conozco a la fecha y despues de 10 años a ning``un juez que admita tales elementos de prueba, en todo el bajio, si hay en otros estados tal, no me consta; por otro lado, hay criterios de la corte que señalan que los inventos y provgrtesiones cientificas a que hacen menciòn los codigos procesales, deberan ser siempre avalados por peritos en la materia, las grabaciones deben ser presentadas por un perito en foniatria, esta ciencia esta en pañalaes y no existe en Mexico; ni la Procuraduiia General de la Repùblica las tiene; que sean un indicio y de su escucha, los implicados reconozcan su voz, o reconozcan que fueron grabados, no significa que esten de acuerdo en que sean tomadas como medios de prueba.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 254776
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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Febrero de 2012 07:59 2012-02-15 07:59 desde IP: 208.71.117.153
Sr. Reyes:
¿Por qué no intenta hablar con su ex-esposa, sin faltarse al respeto y sin gritos, y le hace saber que su hija ha sido testigo de cosas que para su corta edad no debería haber visto?
Lo mejor sería si tuvieran esta conversación frente a la pequeña para que se le caiga la cara de verguenza a su ex, pero por el bien de la menor se debe tratar sólo entre adultos.
Si no ve resultados después de la plática, necesita pruebas contundentes para que, de una vez por todas, se demuestre la incapacidad de la madre por otorgar a sus menores una calidad de vida llena de valores morales y éticos.
Salvo los comentarios y recomendaciones de los abogados en este foro, quienes por su experiencia y educación saben mejor qué hacer, mi sugerencia sería que le proporcione una cámara a su hija para que consiga la prueba contundente y con ella pueda actuar a favor de la seguridad de sus menores.
De cualquier manera, si no se hace nada al respecto, sus hijos van a seguir presenciando esos actos y Dios no lo quiera, en una de esas borracheras de su ex (que no sé porque tuvo el privilegio de ser madre) pudiera el fulano atentar contra la integridad de los peques. Más vale prevenir que lamentar.
Ya le dirán los abogados de este foro, si es válida o descabellada mi propuesta. Sólo les suplico a los foristas, abogados o no, que consideren la ética y el respeto como base para sus retroalimentaciones. Por favor, sin insultos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 254903
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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Febrero de 2012 23:28 2012-02-15 23:28 desde IP: 187.149.167.124
Novena Época
Registro: 168917
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXVIII, Septiembre de 2008
Materia(s): Civil
Tesis: XXII.2o.21 C
Página: 1273GRABACIONES TELEFÓNICAS OBTENIDAS POR UN PARTICULAR FUERA DE LOS CASOS PERMITIDOS POR EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL. CONSTITUYEN UNA PRUEBA CONTRARIA A DERECHO QUE NO DEBE SER ADMITIDA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO).
Del análisis del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la exposición de motivos de la reforma efectuada a dicho numeral el día tres de julio de mil novecientos noventa y seis, se advierte que la intervención de los medios de comunicación privada únicamente está permitida como una estrategia para combatir el crimen organizado, en los términos y con las condiciones que el propio numeral establece; sin embargo, cuando un particular realiza la intervención de alguna comunicación privada, ésta entraña una ilicitud constitucional, pues la primera parte del párrafo noveno del referido artículo 16 establece como principio universal que: "Las comunicaciones privadas son inviolables ..."; en consecuencia, las grabaciones telefónicas obtenidas fuera de los casos que prevé el invocado numeral, no pueden ser admitidas como medio de prueba en un procedimiento, porque al haberse obtenido a través de una conducta que entraña un ilícito constitucional, resulta evidente que se trata de pruebas contrarias a derecho, lo cual, vulnera no sólo la citada norma constitucional, sino lo que señala el artículo 266 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro, en cuanto a que, para conocer la verdad sobre los puntos controvertidos, el juzgador puede valerse de cualquier persona, cosa o documento, sin más limitación que la consistente en que las pruebas no estén prohibidas por la ley ni sean contrarias a la moral.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Amparo en revisión 136/2008. 20 de mayo de 2008. Mayoría de votos. Disidente: Mario Alberto Adame Nava. Ponente: Jorge Mario Montellano Díaz. Secretaria: Susana Cuéllar Avendaño.
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AutorRespuesta No: 254915
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Febrero de 2012 07:14 2012-02-16 07:14 desde IP: 208.71.117.153
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