Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DUDAS

  • Consulta : 216633
  • Autor : glmr230182_NR
  • Publicado : Martes 17 de Diciembre de 2013 00:11 desde la IP: 201.141.97.43
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • glmr230182_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    buenas noches

     

    tengo una cuanto es la cantidad de drogas como lsd y mariguana que se considera de consumo personal.

    y apartir de que cantidad se considera un delito y cuanto es el tiempo detencion y que tipos de sanciones existen?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 335595

  • Napier
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Saludos

    De acuerdo a la ley general de salud en su artículo 479

    Cannabis Sativa, Indica o Mariguana 5 gr.
    Lisergida (LSD) 0.015 mg.

    Sobre las penas de acuerdo al artículo 475.- Se impondrá prisión de cuatro a ocho años y de doscientos a cuatrocientos días multa, a quien sin autorización comercie o suministre, aún gratuitamente, narcóticos previstos en la tabla, en cantidad inferior a la que resulte de multiplicar por mil el monto de las previstas en dicha tabla.

    Artículo 476.- Se impondrá de tres a seis años de prisión y de ochenta a trescientos días multa, al que posea algún narcótico de los señalados en la tabla, en cantidad inferior a la que resulte de multiplicar por mil las cantidades previstas en dicha tabla, sin la autorización correspondiente a que se refiere esta Ley, siempre y cuando esa posesión sea con la finalidad de comerciarlos o suministrarlos, aún gratuitamente.


    Artículo 477.- Se aplicará pena de diez meses a tres años de prisión y hasta ochenta días multa al que posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla en cantidad inferior a la que resulte de multiplicar por mil las previstas en dicha tabla, sin la autorización a que se refiere esta Ley, cuando por las circunstancias del hecho tal posesión no pueda considerarse destinada a comercializarlos o suministrarlos, aún gratuitamente.

    Respecto al tiempo será 72 horas regularmente antes de que sea consignado ante el Juez competente.

    Recomendación NO CONSUMA DROGAS.

    NAPIER SANS TACHE



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión