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PERDIDA DE PATRIA POTESTAD SEGúN EL ARTíCULO 444 INCISO 5 DEL CóDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
- Consulta : 281144
- Autor : elinformado
- Publicado : Martes 04 de Octubre de 2016 19:38 desde la IP: 200.188.144.82
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,084
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 04 de Octubre de 2016
El artículo 444, inciso 5, del código civil para el distrito federal dice que la patria potestad se pierde: Por el abandono que el padre o la madre hicieren de los hijos por más de tres meses, sin causa justificada. Al respecto me gustaría saber: ¿Qué se entiende por abandono? ¿Cuáles son las causas justificadas? Gracias por su atención.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 391262
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Octubre de 2016 14:10 2016-10-06 14:10 desde IP: 189.180.164.1
¿Qué se entiende por abandono?... el dejar expuesto o en peligro al menor.... ¿Cuáles son las causas justificadas?.... la privación de la libertad... cambio de plaza de trabajo...
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