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SOBRE QUE REALIZAR DESCUENTO POR PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 268088
- Autor : ffernandez_NR
- Publicado : Lunes 08 de Junio de 2015 08:33 desde la IP: 206.130.144.10
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,066
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 08 de Junio de 2015
Estado de Referencia: Coahuila
buen dia, tengo un oficio de descuento de x% a un trabajador por pension alimenticia, el oficio dice " Se ordena embargar a fulano el x% de su sueldo, salario y Aguinaldo y ponerlo a disposicion..." ...... " asi mismo debera de informar a este tribunal en el plaze de tres dias a cuanto asciende la cantidad que percibe fulano p[or concepto de suelto, slario y aguinaldo a fin de determinar el plazo en que se realizara el descuento al salario del deudor..... a mi entender y acatandoem a lo senialado en el oficio solo debo descontar a mi trabajador pension sobre el sueldo y sobre el aguinaldo las demas prestaciones no entran en esta deduccion... estoy bien? esto basandome en lo que sigue:
Conceptos susceptibles de descuento.
Para aplicar el descuento el patrón debe acatar lo señalado en el mandamiento judicial que le fue notificado; si indica que la retención debe efectuarse al salario, y cualquier otro ingreso que reciba el colaborador, se debe considerar además del sueldo los siguientes conceptos:
• Bonos de productividad, Vales de despensa
• Bonos o gratificaciones especiales
• Fondo de ahorro y cualquier otra percepción otorgada.
• Ingresos por horas extras, días de descanso laborado, etcétera
• Participación de utilidades, Aguinaldo
• Prima vacacional y dominical
• Premios de asistencia, puntualidad, etcétera.
En caso contrario, sólo se deberá realizar la deducción sobre las percepciones que indique el correspondiente oficio.Agradecere me ayuden
Gracias Saludos.
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AutorConsulta
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