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EL FIADOR ALIMENTARIO ES OBLIGATORIO?

  • Consulta : 112183
  • Autor : eder_kasm_NR
  • Publicado : Martes 10 de Mayo de 2011 02:49 desde la IP: 187.192.27.204
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  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • eder_kasm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    ¿Es obligatorio que el deudor alimentario designe un fiador?  No lo encontre en el código civil  ni en el adjetivo de mi estado que es el de Coahuila.

    Mi duda surge en virtud de revisar un expediente concluido ya, de un divorcio por mutuo, y en el convenio se establecio que el señor daría el 45 % de sus sueldo para aliemntos para sus hijos.  El defcto es que puso de fiaador al hermano de su conyuge, osea a su cuñado, y en el infrome del MP la licenciada no acepto el convenio por lógica jurídica y nunca se subsano. Pero no se designo fiador, porque nadie más quería. Era necesario realmente?. 

     

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