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JUICIO EJECUTIVO
- Consulta : 106039
- Autor : lupita-martinez_NR
- Publicado : Jueves 17 de Marzo de 2011 18:02 desde la IP: 189.222.81.222
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 17 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Baja California
Buenas Tardes, soy una abogada recien egresada, y me atrevo a pedirles su ayuda, porque he estado leyendo el codigo de procedimientos civiles y doctrina y aun no me queda claro , nunca practique en ningun despacho, y he estado aprendiendo sola, mi cliente fue demandado en la via ejecutiva por edictos en el año 2002, ella no radica aqui y se acaba de enterar, me dio personalidad en el proceso para solicitar copias simples y estudiar el expediente, en oficialia de partes me comentaron que se habia ido a remate, cuando salio el acuerdo en el boletin de que fui autorizada, me dijieron que el expediente estaba en la secretaria, y ahi me dijeron que no, que este estaba en la notaria y cuando pregunte como podia tener acceso a el, no me dijieron nada, es dificil encontrar apoyo a los que hacemos "pinino" sin ayuda....claro que estube leyendo , pero el c.p.c. y e. c.c.b.c. y l a Ley Notarial y ni aun Ovalle Favela, me explican como puedo acceder a el, me dijeron "pues quien sabe si regrese el expediente" -con sarcazmo, claro!!!...se que sere una excelente abogada con o sin instruccion de un experto, pero en estos momentos me siento frustrada..donde puedo buscar esta informacion, no pretendo que me den las respuesta, sino que me guien en donde puedo investigar al respecto..que es lo que me esta faltandoo!!! como puedo acceder a el expediente?, mediante promocion hecha por mi cliente al juzgado solicitando la devolucion del expediente?, en momentos como estos pienso si deberia quedarme en mi casa a cuidar a mis 3 hijos!!!!!!..gracias por su informacion en caso de contar con su orientacion...
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 215541
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Marzo de 2011 19:08 2011-03-17 19:08 desde IP: 189.137.192.140
¿ Quién te dijo que el expediente estaba en la secretaría? ¿ El expediente paso a remate? ó ¿ ya se fincó el remate? Son dos cosas distintas , Si te dijeron que estaba en la Notaria , es que el juez turno los autos al Notario, para la elaboración de la nueva escritura, esto significa que ya se remato o se adjudico el inmeble , abusada.
No te compliques la vida, ingresa la promoción fundamentada en el 8 constitucional, a fuerza te tienen que contestar.
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Autor
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AutorRespuesta No: 215542
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Marzo de 2011 19:24 2011-03-17 19:24 desde IP: 189.152.166.207
Si fue notificada por edictos y el emplazamiento esta mal hecho y PRESENTAS la promocion... estas subsanando una nulidad de actuaciones... Trata de acceder al expediente sin promocion... revisalo al llegar al juzgado y si el emplazamiento es ilegal podras promover Amparo contra el mismo emplazamiento..
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Autor
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AutorRespuesta No: 215552
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Marzo de 2011 20:05 2011-03-17 20:05 desde IP: 189.137.192.140
Tiene razón Lic,. suponiendo que el emplazamiento este mal hecho.
Pero la consultante dice que ya le acordaron la personalidad y se publicó y notificó por medio del boletín, no se hizo sabedora del procedimiento?? y subsano? es pregunta
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Autor
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AutorRespuesta No: 215557
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Marzo de 2011 20:44 2011-03-17 20:44 desde IP: 189.133.247.8
el supuesto de subsanar o no el defectuoso emplazamiento con la promoción no se sabrá hasta no revisar el expediente fisicamente, aun cuando compareciste por escrito, no te puedes tener por enterada del asunto, hasta que no lo tengas a la vista, sin embargo no tomes mucha importancia a esto, aún, ya que talvez el emplazamiento haya estado correcto, o talvez no.
Si el expediente se encuentra con el Notario Público, efectivamente es porque ya hubo un remate y una adjudicación.
Pregunto yo a los foristas, cuando es conveniente promover el incidente de nulidad de actuaciones?
No es mejor promover el amparo indirecto solicitando la inconstitucionalidad del emplazamiento?
Si no es posible recurrir a estos supuestos... cuando interponer la demanda de amparo contra los vicios en la ejecución?
Cual es el ultimo acto de ejecución de sentencia????
Respecto de tu pregunta especifica, el Notario lo tendrá hasta que termine de hacer las escrituras del bien adjudicado, lamentablemente tendrás que esperar a que el notario acabe su trabajo y lo pueda regresar, caso contrario sucedería si supieras desde cuando se fue a la notaría, así si consideras que ya pasó mucho tiempo ahí puedes solicitar que el juez envie un oficio al notario pidiendo que no se demore tanto, mas bien sería como un recordatorio de que debe regresar los autos al juzgado. Aclaro que depende del criterio del Juzgador, pues bien te puede conceder el enviar ese ofico al Notario o de plano te dice que no ha lugar.
Trata de hacerte mientras tanto, de todo el material de dicho expediente que esté en manos de tu cliente.
Esta carrera es muy noble, pero cuando vamos empezando, si no tenemos alguien que nos guie en el camino, aunque sea para darnos un "empujón", estamos irremediablemente condenados a dar topes contra las paredes como un ciego (nuevo ciego).
Lamentablemente la educación universitaria no es tan buena en la practica como debiera de ser.
Un saludo. Espero sirva de algo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 215558
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Marzo de 2011 20:59 2011-03-17 20:59 desde IP: 189.217.33.20
lupita-martinez
Solicite usted abogada en el juzgado la libreta o libro de los expedientes que se envian a las Notarias Publicas, tambien le sugiero acudir al Registro Publico de la Propiedad con el Folio Real del Inmueble a fin de solicitar el antecedente registral del mismo. Alleguese de datos para que este usted en posibilidad de interponer un eventual amparo.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 215565
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Marzo de 2011 21:17 2011-03-17 21:17 desde IP: 187.144.84.79
Desde mi punto de vista el hacer una promocion donde te apersones al juicio, no subsanas por ese hecho la notificación, ya que el hacerse sabedora del emplazamiento sería por ejemplo contestar la demanda, pero de otra manera no se hace sabedora del proceso, si alega que fue mal emplazado siempre y cuando interponga los recursos dentro del plazo que establece la ley de amparo, ya que si llegaramos al extremo de aceptar que por ese solo hecho se hizo sabedora de el emplazamiento entonces tendriamos que aceptar que interponer la demanda de amparo tambien harái que se tuviera por conocido el emplazamiento y que debiera quedar sin materia el amparo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 215863
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Marzo de 2011 11:20 2011-03-20 11:20 desde IP: 189.222.81.222
si el Notario tendra en su poder el expediente hasta que escriture, pero el inmueble tiene hipoteca con el banco, y el credito se liquida hasta en 9 años, a demas esta mancomunado con su esposo..osea, que se finco el remate solo por el ¨50 porciento que le corresponde a la demandada?. el Notario conservara el expediente hasta que eeste en posibilidades de escriturar?.. mientras no lo hace, puedo solicitar ante el juzgado que devuelva el expediente para fotocopiarlo?....
Nota: me di de lata, para poder acceder al recuadro de texto, y de lupita-martinez, ahopra spoy..uabc...
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AutorRespuesta No: 216010
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Marzo de 2011 15:09 2011-03-21 15:09 desde IP: 201.130.190.8
Puede solicitar al Juez el expediente para la obtención de las copias y sobre todo hable con el Secretariodel Juzgado encargado del asunto.
Además me pongo a sus ordenes para cualquier duda o comentario.
Radico en Ensenada B.C. y le dejo mi tel.
6461623985
correo electrónico faro_ley a r r o ba h o tm a i l . c o m
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