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COMO RESOLVER UN PROBLEMA CUANDO YA EXISTE ORDEN DE APRHENSION

  • Consulta : 148535
  • Autor : kaizen46
  • Publicado : Viernes 27 de Abril de 2012 12:39 desde la IP: 187.139.24.86
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • kaizen46
    USUARIO REGISTRADO

    Cuando ya se  tiene una orden de aprhension y  se quiere llegar  a un acuerdo con la parte ofendida como es la repáracion del daño porsupuesto, que se debe de hacer para reolverlo de la mejor manera, es un delito de fraude generico.

     

    Gracias de antemano.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 263937

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Ya se te explico en tu anterior consulta, debes de acudir a un abogado para que te tramite un Amparo indirecto contra la orden de aprehensión, y pedir la suspensión del Acto reclamado, si la orden de aprehensión realmente existe te concederan la Suspensión Definitiva de los Actos reclamados hasta en tanto se resuelve el amparo, cosa que te puede llevar cinco meses aproximadamente -incluyendo la Revisión-, tiempo durante el cuál no podrán ingresarte al Reclusorio, auque si tienes que presentarte ante el Juez que te requiera, pero además durante este tiempo puede estar en negociación con el o los afectados a efecto de llegar a un acuerdo o conciliación. Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 263966

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Asi es, en el D.F. es delito grave cuando rebasa la cantidad de $623,300.00 (seiscientos veintitres mil trescientos pesos).  También cuando lo defraudado supera los $311,650.00 y el delito se comente contra dos o mas personas. Saludos





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