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PENSIóN POR INVALIDEZ PERMANENTE IMSS
- Consulta : 210231
- Autor : fimuz08_NR
- Publicado : Sábado 05 de Octubre de 2013 18:21 desde la IP: 148.240.31.219
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,094
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 05 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes:
Estoy tramitando en el IMSS, mi pensión por invalidez permanente, podrían asesorarme, por favor ¿cuánto sería aproximadamente la pensión que me darían de ser autorizada?
Comencé a laborar el 4 de noviembre de 1981 y tengo 1,369 semanas cotizadas en el IMSS y los ingresos que percibí en los últimos 5 años (250 semanas) son los siguientes:
Año Semanas Sueldo Salario Salario por
Cotizadas Base Diario semana
2012 13 7,101.00 236.70 1,656.90
2009 20 18,742.00 624.73 4,733.13
2008-2009 52 18,242.00 608.06 4,256.46
2007-2008 52 18,242.00 608.06 4,256.46
2006-2007 52 17,725.00 590.83 4,135.83
2005-2006 52 17,209.00 573.63 4,015.43
2005 09 16.374.72 545.82 3,820.76
En el 2012 laboré 13 semanas en una empresa diferente a los años anteriores, de 1995 a 2009 laboré en una misma empresa. Tengo entendido que tengo dos opciones para elegir la pensión, la del IMSS y la renta vitalicia con la Afore, elegiría la pensión del IMSS. Los aumentos en Electropura nos los daban a partir del 1º de agosto de cada año. En los años 2004 y 2008 no tuvimos aumento, por eso es el mismo en 2008 y parte de 2009.
Agradezco de antemano su asesoría.
Tere F
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 328019
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Octubre de 2013 01:49 2013-10-06 01:49 desde IP: 201.153.224.75
Buenas noches. Estoy viendo la consulta que hace en este foro y para serle sincera es conveniente ver la documentación con la que cuenta con el fin de saber si reune los requisitos que exige la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de Junio de 1997 así como la actual Ley, amen de saber en que vía lo está haciendo. Finalmente le sugiero que antes de que FIRME la posible resolución o cualquier otro documento que el IMSS le pida que FIRME, consulte un abogado ESPECIALISTA EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL que es la RAMA DEL DERECHO que regula todo lo relativo a PENSIONES DE SEGURIDAD SOCIAL y que le pudieran corresponder a usted.
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Autor
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AutorRespuesta No: 328020
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Octubre de 2013 02:09 2013-10-06 02:09 desde IP: 201.153.224.75
Por otra parte, me llama la atención que usted tajantemente habla de una "pensión de invalidez permanente", cuando no ha considerado, por no decir, que no tiene conocimiento de que la han mal asesorado, y que le puede corresponder otra pensión?
Para cualquier duda o aclaración estoy a sus ordenes.
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Autor
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AutorRespuesta No: 328029
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Octubre de 2013 11:01 2013-10-06 11:01 desde IP: 189.175.1.153
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Autor
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AutorRespuesta No: 328030
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Octubre de 2013 12:15 2013-10-06 12:15 desde IP: 189.166.39.87
ACUDE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO PARA QUE TE BRINDEN TODA LA ASESORÍA QUE REQUIERAS. ( REQUISITOS PARA PENSIONARTE, CÁLCULO DE TU PENSIÓN, AYUDA PARA QUE LOGRES TU PENSIÓN, YA QUE NO ES FÁCIL QUE EL IMSS TE PENSIONE POR INVALIDEZ). EL SERVICIO ES GRATUITO. NO SE TE OCURRA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE UN ABOGADO PARTICULAR POR QUE TE COBRAN MUY CARO Y EN OCASIONES NI TE ARREGLAN EL ASUNTO. SALUDOS Y SUERTE.
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Autor
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AutorRespuesta No: 328104
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Octubre de 2013 00:38 2013-10-07 00:38 desde IP: 189.134.169.122
Suponiendo que esos salarios que das son los de cotización ante el IMSS y que no has hecho retiros por desempleo, con los datos que aportas tu pensión por invalidez por ley 73, sin incluir asignaciones familiares o ayudas asistenciales que correspondan, sería de $10,640.00.
Sobra decir que el IMSS primero debe determinar que existe invalidez ocasionada por una enfermedad o accidente no de trabajo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 328133
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Octubre de 2013 11:23 2013-10-07 11:23 desde IP: 148.240.31.219
Agradezco las respuestas que me han dado. Tengo 50 años (para quien preguntó), los documentox con los que cuento, son alta y baja en el IMSS, estados de cuenta de Afore, constancia de semanas cotizadas en el IMSS, la conservación de derechos vence el 01/01/2015. El trámite lo estoy haciendo directamente en el IMSS, estoy en la parte de la valoración con los especialistas. Reconozco la ignorancia que tengo al respecto. Por ello mi pregunta y como mencioné "en caso que me la autoricen". Los sueldos que indiqué son los que fueron registrados ante el IMSS y en el dato de las semanas cotizadas, ya están descontadas las correspondientes por el retiro de desempleo.
Acudiré a la Procuraduría Federal del Trabajo, para asesorarme correctamente. Les agradezco nuevamente a todos su respuesta.
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Autor
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AutorRespuesta No: 328134
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Octubre de 2013 11:35 2013-10-07 11:35 desde IP: 189.241.224.121
En el caso de de que tu invalidez sea reconocida, la edad no tiene nada que ver.
Las semanas cotizadas que te descontaron por retiro por desempleo, si te es posible, puedes recuperarlas reingresando el dinero que retiraste. Al sumarse estas semanas a tu cálculo, tu pensión mejoraría.
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Autor
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AutorRespuesta No: 328140
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Octubre de 2013 12:20 2013-10-07 12:20 desde IP: 148.240.31.219
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Autor
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AutorRespuesta No: 328141
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Octubre de 2013 12:28 2013-10-07 12:28 desde IP: 187.172.189.217
La edad dese luego que si tiene que ver para la pensio´n de invalidez, ya que para los calculos de la pensión en el caso que nos ocupa no podra ser posible incrementar el 11% del decreto , segun es de verse en el art. catorce transitorio de la ley. En tal situación al calculo que le realizaron en esta consulta quitele el 11%.
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Autor
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AutorRespuesta No: 328158
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Octubre de 2013 14:34 2013-10-07 14:34 desde IP: 189.241.224.121
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Autor
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AutorRespuesta No: 328189
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Octubre de 2013 17:50 2013-10-07 17:50 desde IP: 148.240.31.219
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AutorRespuesta No: 328816
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Octubre de 2013 22:24 2013-10-11 22:24 desde IP: 201.153.224.75
La edad no es factor determinante para solitar cualquier pensión, ya sea de invalidez o ipp, solamente para cuando se tramita la pca y/o v.
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AutorRespuesta No: 328817
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Octubre de 2013 22:26 2013-10-11 22:26 desde IP: 201.153.224.75
Esto ante el IMSS.
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AutorRespuesta No: 329050
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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Octubre de 2013 18:21 2013-10-14 18:21 desde IP: 148.240.31.219
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AutorRespuesta No: 329054
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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Octubre de 2013 18:26 2013-10-14 18:26 desde IP: 148.240.31.219
Otra pregunta, vivo sola y mi familia vive en provincia, ellos quieren que me vaya a vivir con ellos para que no esté sola, de ser así ¿puedo seguir haciendo el trámite de la pensión en Querétaro, o bien, tengo que continuar aqui en el Df el proceso?
Gracias
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