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PRESCRIPCION POSITIVA

  • Consulta : 205623
  • Autor : caam820510_NR
  • Publicado : Martes 13 de Agosto de 2013 16:06 desde la IP: 187.167.38.227
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,065
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  • Autor
    Consulta

  • caam820510_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Pues miren, resulta que mi padre se separo de mi madre hace 30 años. Yo tengo 31 y no lo conoci, mi padre era viudo cuando se caso con mi madre, y el tenia dos hijos de su anterior matrimonio,total que ya no lo vi nunca. El vivia en el predio que acontinuacion señalare, asi como su relacion con el mismo.

    Mi padre compro de buena fe el predio, hace mas de 30 años, de lo cual solo hay un pagare en el cual no se describe la propiedad en espedcifico, el se fue a EUA y hayá murio , el propietario de la casa( quien aparece en el registro publico) es una constructora que ya desaparecio; es decir nunca se fusiono ni nada por el estilo,

    Mi padre murio en EUA cuando yo tenia alrededor de 24 años, ( recordemos que mi papa nunca poseyo el inmueble desde que se fue, solo lo re3nto y nunca me mando nada) jaja  pero es la verdad,no dejo testamento ni nada, y mis dos medios hermanos se fueron con el a EUA , estan de ilegales y no pueden venir, o mas bien no quieren.El inmueble en comento esta desabithado por el momento, pero pretendo irme a vivir ahi.

     

    Preguntas:

    1.- Puedo prescribir el inmuebel a pesar de que yo no haya vivido ahi.

    2.- Puedo hacerlo apesar de que yo no tengo la causa generadora de la posecion (documento). Porque el pagare lo tiene una prima que no me lo quiere entregar.

    3.-Que harian ante una situacion asi.

     

    Soy abogado de profesion y me dedico a cuestinoes administrativas,contractuales,  pero se me ocurrio lo siguiente, ustedes diganme si lo harian.

     

    1.- Entrar yo en posesion del inmueble.

    2.-Pagar los prediales correspondiente y reinstalar al luz que ya no hay asi como el agua.

    3.-conseguir el acta de defuncion y promover el intestado.

    4.- una vez con el  intestado, previa notificacion por edictos,  para asi yo adquirir los derechos que mi padre pudo ejercer en su momento, y yo promover el juicio de adquisicion positiva o usucapion. (recordemos que no habra contraparte en el juicio)

    5.- Hacer yo un contrato privado, a nombre de mi padre y asi tener una causa generadora de la posecion y prescribir.

     

    Les encargo me manden sus opiniones y si ya han resuelto casos de este tipo.

     

     

     

     

     

     

     

     

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