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EMPRESA PUEDE HACER TRANSFERENCIA BANCARIA DE PENSIóN ALIMENTICIA?

  • Consulta : 125750
  • Autor : cpesparza_NR
  • Publicado : Miércoles 21 de Septiembre de 2011 18:22 desde la IP: 148.223.233.200
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • cpesparza_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes,

    Mi consulta es la siguiente: Yo me estoy divorciando de manera voluntaria, en dicho proceso de divorcio ya estoy en la parte del descuento de la pensión alimenticia pero el problema que tiene mi ex-esposa es que para este primer descuento la empresa emitió un cheque para lo cual tuvo que venir hasta mi trabajo a recogerlo, al día siguiente ir al banco a cambiarlo y como no tenemos quien cuide a nuestros hijos que aun esten pequeños pues le resulto dificil hacer todo el tramite de cobro.

    Derivado de lo anterior solicité en mi trabajo que en adelante le hagan transferencia electronica a una cuenta bancaria que esta a nombre de mi ex-esposa pero me dicen que no lo pueden hacer porque tiene que firmar un recibo que le entregan por concepto de la pensión además de la poliza de cheque, esto es según ellos para que puedan comprobar que efectivamente estan realizando los descuentos conforme a lo solicitado por el juzgado, que ellos si pudieran hacer la transferencia siempre y cuando yo lo solicite al juzgado y este emita un oficio donde se los ordene, pero, hable con la abogada del DIF que esta llevando nuestro divorcio y me comento que no es verdad, que la forma de pago de la pensión puede ser según como acuerde mi ex-esposa con la empresa, entonces que es lo que puedo hacer? a quien le hago caso?

    Mis preguntas son las siguientes: Le pueden hacer o no a mi ex-esposa el pago de la pensión por medio de transferencia electronica? si se tiene que solicitar al juzgado que emita la orden para que el pago de la pensión sea por tranferencia bancariasia? se necesita que firme los recibos yo se los puedo llevar para que los firme y se los traigo de regreso al trabajo, se puede? cual sería el marco legal de si se puede o no respecto a lo que les estoy preguntando o si existe alguna jurisprudencia respecto al tema?

    Gracias por su atención.

    Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 239429

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Redacte un escrito mediante el cual su esposa solicite a la empresa donde usted labora que la forma de pago de la pensión alimentaria se realice mediante deposito a la cuenta número XXXX del Banco XXX Sucursal XXX, que lo firme (le anexan copia de la credencial del IFE), lo entregan solicitando firma y sello de recibido en copia del mismo escrito, no olviden poner con copia para el juzgado y a éste le entregan una fotocopia donde la empresa le recibió la solicitud.

    La empresa deberá proceder conforme a los solicitado por la pensionaria y su comprobante será el que emite el sistema una vez efectuada la transferencia electrónica,  SPEI o ficha de depósito, este documento se anexará a la póliza de cheque y es tan válido como la firma de recibido.

    Si aun con este procedimiento se siguen negando a pagar la pensión conforme a lo solicitado, entonces si deberán acudir al juzgado y requerir su intervención para que se proceda de acuerdo a la petición.



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