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ES LEGAL TENER TENER UN SALARIO ESTIPULADO EN DóLARES?

  • Consulta : 111670
  • Autor : john.giddings_NR
  • Publicado : Jueves 05 de Mayo de 2011 05:28 desde la IP: 189.217.202.137
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • john.giddings_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Al ir reduciendo el tipo de cambio, se ha reducido mi salario en un 15% casi. Me pregunto si es legal estipular el sueldo en dólares (la empresa es mexicana)

     

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  • Autor
    Respuesta No: 222097

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.si

    Considerando que los artículos 82, 83 y 84, de la Ley Federal del Trabajo prevén que el salario es la retribución que el trabajador recibe del patrón por la prestación de sus servicios; que puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra forma, y que se integra con los pagos hechos en efectivopor cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habotación, primas, prestacciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, debe concluirse que dicho ordenamiento no exig entonces que dicha contraprestación deba pactarse entre elpatrón y el trabajador en moneda nacional;por tanto, es válido entonces que el salario sea fijado en cualquier moneda extranjera.

    Ahora bien, dado que el artículo 101, dela propia Legislación Laboral también previene que el salario en efectivo, deberápagarlo el patrón en moneda de curso legal, ello le impone entonces al empleador, la obligación de hacer la conversión dela moneda extranjera en que se convino sería pagado el salario, a la moneda de curso legal, o pesos, sin que el hecho que el tipo de cambio, debido a la apreciación de nuestra moneda con relación a la de otros países, traiga como consecuencia una disminución del salario, pues finalmente, el convenido en esa moneda extranjera viene siendo el mismo que se pactó.

    En sentido inverso sería, si el peso mexicano sufre una deváluación, el trabajador deberá seguir percibiendo el salario convenido en la moneda extranjera y, al realizar su conversión a pesos mexicanos, en apariencia recibirá un mayor salario, no obstante siga devengando el mismo se se estipuló por las partes.

    Consecuencia de ello, su salario no se ha reducido, sino que sigue siendo el mismo, y si el patrón, en lugar de hacer la conversión, se lo paga en la moneda extranjera pactada, al acudir usted a una Institución a efectuar su canje por pesos mexicanos, también recibirá una cantidad menor que la que recibía anteriormente, pero ello no significa que su patrón le haya reducido el salario, sino que el que usted estuvo conforme en recibir, tiene un tipo de cambio distinto al que tenía cuando lo acordó.

    Además, dada la variabilidad que tiene el tipo de cambio entre el peso y el dólar, si nuestra moneda sufre una depreciación, su capacidad adquisita, en rekación al peso, se verá incrementada, sin que ello signifique entonces que el patrón le aumentó el salario, cuando este sigue siendo la misma cantidad en la moneda extranjera convenida.





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