buenos dias, espeero me puedan orientar, hace casi dos años me divorcie,en esta menciona que se disuelve la sociedad conyugal , y se manifesto que no se liquidaba por no existir bien a liquidar , sin embargo habia una casa que se estaba pagando de infonavit, y se dijo que "no" a peticion de la abogada que en su momento nos tramito el divorcio, mi dudas son:
1.- si ya se puso en el acta que se disuelve la sociedad conyugal, todo bien que a mi nombre aparezca posterior a la fecha del divorcio , en un momento de liquidar la sociedad , tambien entraria en la liquidacion o si esos bienes quedarian excentos por ser posteriores al divorcio?
2.- ademas si llegase yo a heredar alguna propiedad antes de la liquidacion de bienes, podria esta incluirse ?
quisiera tambien agregar los siguiente:
al momento del divorcio ella debia pasarme una pension , lo cual no ha cumplido, tambien comento que teniamos un vehiculo el cual compramos aun casados,pero nunca estuvo a mi nombre, pero por motivos economicos para sostener a mis hijas hubo la necesidad de venderlo ya divorciado, sin embargo ahora ella me cuestiona del porque lo vendi, argumentado debi pedir su autorizacion, me trae algun problema esto ? aclaro el vehiculo nunca lo puse a mi nombre .
ojala me puedan orientar , gracias