Hola. Mi pregunta específica es si una Casa de Cultura debe tener Personalidad Jurídica.
En este caso, me refiero a la Casa de Cultura de Sanctórum de Lázaro Cárdenas, Tlaxcala. El Presidente Municipal me ha encargado reactivarla (recientemente se le hicieron remodelaciones), pero no tiene por ejemplo, Talleres ni Cursos. Acabo de redactar el Proyecto, que contempla desde el Marco Jurídico apoyado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, La Ley Orgánica Municipal de Tlaxcala y otras, hasta el programa de actividades.
Pero tengo esa duda. No se si aplica una Personalidad Jurídica. ¿Me pueden orientar, por favor?
Atentamente