Estado de Referencia: Aguascalientes
Muy buenos días a todos mi duda es la siguiente trabaje en una institución pública con cargo de jefe de departamento y realice la entrega recepción en marzo del 2013, esto es en el estado de Jalisco después de más de un año me entere que me quieren mandar un requerimiento para que yo conteste observaciones por parte de la contraloría del estado investigando me encontré lo siguiente:
LEY DE ENTREGA-RECEPCIÓN DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS
Artículo 27. La verificación y validación física del contenido del acta de entrega-recepción y sus anexos a que se refiere la presente ley deberán llevarse a cabo por el servidor público entrante en un término no mayor a treinta días hábiles contados a partir del acto de entrega.
Artículo 28. En caso de que durante la validación y verificación el servidor público entrante se percate de irregularidades en los documentos y recursos recibidos, dentro de un término no mayor de tres días hábiles posteriores al cumplimiento del plazo establecido en el artículo anterior deberá hacerlas del conocimiento del órgano de control interno correspondiente, a fin de que sea requerido el servidor público saliente y proceda a su aclaración.
Esta entra en vigor el 1 de Julio del 2013 y sé que la ley no es retroactiva así que cual es el tiempo límite para que yo tenga alguna obligación para con la dependencia así como su fundamente de ser posible de antemano agradezco la atención brindada al presente.