Estado de Referencia: Querétaro
Buenas noches;
Hace un tiempo recibí una donación de un bieninmueble por parte de gobierno municipal de Querétaro, en estos momentos estoy en la fase de escrituración, la excritura ya firmada y foliada esta en direccion de catastro; una de las clausulas del acta de escrituración que emitio el departamento juridico de municipio dice:
SEXTA.- La presente donación se efectúa en los términos del Artículo 109 y 110 del Código Urbano Para el Estado de Querétaro, por lo que la operación se encuentra exenta del pago del impuesto de traslado de Dominio y del pago de derechos de inscripción en el Registro Publico de la Propiedad y de Comercio.
Con lo anterior yo entiendo que no debo de pagar translado de dominio ni derecios de inscripción en el registro publico, sin embargo la dirección de catastro me dice que quiere un escrito por parte de finanzas que sustente la exepción del pago, por lo cual me surgio la duda ¿entonces si debo de pagar translado de dominio y derechos de inscripcion en el registro publico?