Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PREGUNTA: ¿ES LEGAL LA SUCESIóN INTESTAMENTARIA DE MI ABUELO?

  • Consulta : 147251
  • Autor : gustavo.obregon_NR
  • Publicado : Jueves 19 de Abril de 2012 14:18 desde la IP: 189.171.194.166
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,081
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • gustavo.obregon_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    Mi abuelo fallece en 1945, intestado, mi abuela fallece en 1960, intestada, queda una propiedad que estaba a nombre de mi abuelo, nunca se declaró el intestado, van falleciendo todos los hijos hasta quedar una hija, quien solicita al municipio se escriture a nuevos dueños la propiedad - familia -  me parece que son dos los nuevos dueños, mi pregunta es: ¿es legal esta forma de sucesión?,  y cual es el procedimiento correcto.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 262697

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    gustavo.obregon_NR

    Antes de escriturar el inmueble, se debian tramitar los juicios sucesorios de sus finados abuelos, llamando a juicio a quienes consideraban tener derecho a heredar y una vez que acreditaran el entronciamiento con los autores de la sucesion, fuesen declarados herederos y de comun acuerdo y/o por mayoria nombraran un ALBACEA, de igual manera con los finados hijos, para que los Albaceas de las suscesiones de estos se apersonaran al juicio sucesorio de los abuelos y este se llevara hasta la seccion del particion y adjudicacion, todo lo anterior es el procedimento legal.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 262698

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Los hijos de los hijos ya muertos, es decir los nietos de tus abuelos, pueden apersonarse al Intestamentario para reclamar la herencia que les correspondia a sus padres, o si ya se hizo la declaratoria de Herederos, deben de ejercitar la Acción de Petición de Herencia.

    Pero los nietos también tienen derecho a la masa hereditaria.

    Si eran 4 hermanos y solo vive uno, se debe de repartir la herencia en cuatro partes y darle una parte a  los  hijos de cada hermano muerto, y al hermano que vive le corresponderá una cuarta parte de la herencia.

    Saludos



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión