Estado de Referencia: Quintana Roo
¡Buenos días abogados! Me ha surgido una duda respecto del siguiente asunto: agarraron a una persona cometiendo un delito federal en flagrancia y el M.P.F decretó al aseguramiento del medio de transporte. Posteriormente, al recibir la consignación el juez no ratificó el aseguramiento del bien toda vez que no se habia hecho con las formalidades a que aludia el C.F.P.P
Posteriormente, en la instrucción se solicitó la devolución del bien (exhibiendo la documentación respectiva) y el juez razonó que el bien no estaba a su disposición puesto que no lo ratificó, asi que la petición debía hacerse en todo caso ante el M.P.F.
Mi duda es: ¿realmente se tendría que presentar la petición por escrito ante el M.P.F? ¿o debería combatirse por la vía de amparo indirecto?