Estado de Referencia: Estado de México
Pues resulta que un ascendiente por propio derecho y en representación de sus nietos, entabla demanda de alimentos, pero el juez niega la medida provisional, auto admisorio, que según el CPCEM es irrecurrible, y también resulta que no he podido emplazar al demandada “madre soltera”, pues ignoro su domicilio y ubicación, nada más conozco su fuente de trabajo, pero no labora físicamente allí, razón por la que no he podido emplazar, me han devuelto el exhorto al juzgado por no haberse emplazado ya que la institución donde labora no lo puede recibir ni nos da informes ni nada, mi cliente sabe el domicilio donde físicamente esta, pero resulta que frecuentemente los cambian de lugar donde presta sus servicios, quisiera ideas, para ya no dilatar el juicio, y saber si puedo hacer una promoción al juez de origen solicitándole nuevamente la medida provisional y el oficio del descuento,
A parte de eso me he tratado de registrar en varias ocasiones y no me llega el correo ni en spam (no deseado) que hago?