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HOLA, UNA DUDA ABOGADOS....
- Consulta : 96561
- Autor : LAURA_21_NR
- Publicado : Martes 04 de Enero de 2011 10:48 desde la IP: 201.114.215.229
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 04 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
BUENOS DIAS, TENGO UNA DUDA ABOGADOS, VOY A PROMOVER UNA DEMANDA SOBRE GUARDA Y CUSTODIA Y QUIERO OFRECER LA PRUEBA PERICIAL EN PSICOLOGIA, PERO NO SE COMO OFRECERLA, ES DECIR, SE QUE EL JUEZ PUEDE ORDENAR RECABAR ESA PERICIAL, PERO EN EL CASO DEL ESTADO DE MEXICO, EN DONDE SE REALIZA ESA PRUEBA??? SI OFRESCO UNA PERICIAL EN PSICOLOGIA POR PERITO PARTICULAR, PS NO HAY PROBLEMA, SI SE COMO OFRECERLA Y COMO SE DESAHOGA, PERO EN EL CASO DE LA PERICIAL EN PSICOLOGIA Y TRABAJO SOCIAL QUE SE DEBE DE REALIZAR PARA CONOCER QUE ES LO MAS BENEFICO PARA EL MENOR, COMO SE OFRECE Y ANTE QUE INSTITUCION??? MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 202897
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 10:51 2011-01-04 10:51 desde IP: 189.191.84.95
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Autor
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AutorRespuesta No: 202901
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 11:06 2011-01-04 11:06 desde IP: 189.247.104.21
laaura
1.- en la etapa de pruebas solicita la pericial en psicologia en la cual anexaras el cuestionario y sobre q punto versara la prueba y la relacion q toiene con los hechos de tu demanda y deberas explicar q intentas probar con dicha prueba
2.- deberas proporcionar el nombre direccio y cedula profesional de la licenciada en psicologia q examinara al menor y q bateria de pruebas usara la licenciada para deteminar y llegar al fondo del asunto
3.- de preferencia tendra q ser empleada de un centro de salud, del insituto de salud mental, de los peritos de la procu o de la lista de peritos q tenga el poder judicial de preferencia pregunta con los defensores de oficio y si no hay alternativa recurriras a la particular
4.- solicitaras se señale dia y hora para q la perito rinda su informe mismo q debera ser dentro del termino de desahogo de pruebas
lo q si es totalmente falso es q esta prueba se haga de oficio ojo con esto
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Autor
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AutorRespuesta No: 202902
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 11:08 2011-01-04 11:08 desde IP: 189.191.84.95
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AutorRespuesta No: 202905
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 11:12 2011-01-04 11:12 desde IP: 189.247.104.21
posiboemente en tu entidad si en el estado de mexico no
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AutorRespuesta No: 202909
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 11:25 2011-01-04 11:25 desde IP: 189.191.84.95
Como abogados tenemos la OBLIGACION de leer la legislacion antes de dar una asesoria.
Ley adjetiva para el Estado de Mexico.
Interés superior del menor
Artículo 5.16.- El interés superior de los menores y su derecho a ser escuchado, son principios
rectores que el juez debe tener siempre como consideración primordial en la tramitación y resolución
del asunto sometido a su conocimiento.
Al resolver una controversia, el juez podrá dictar las medidas que estime pertinentes para
salvaguardar el interés superior del menor, entre otras, ordenar terapia médica, psicológica o social a
sus progenitores o quienes integren el grupo familiar.
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Autor
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AutorRespuesta No: 202910
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 11:31 2011-01-04 11:31 desde IP: 189.247.104.21
cierto pero enla practica no es asi se tiene q solicitar
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Autor
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AutorRespuesta No: 202911
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 11:34 2011-01-04 11:34 desde IP: 189.247.104.21
porq el precepto juridico dice PODRA no dice PRACTICARA e ahi una gran diferencia es por eso q tiene q ser solicitada y no es de oficio ya q da la alternativa de q el juzgador si asi lo considere puede o no ordenar dicha practica cosa q siempre se lo deja a la parte interesada
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AutorRespuesta No: 202922
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 12:43 2011-01-04 12:43 desde IP: 189.191.84.95
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AutorRespuesta No: 202923
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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 12:47 2011-01-04 12:47 desde IP: 189.247.104.21
si lo q digas
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AutorRespuesta No: 224305
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Mayo de 2011 13:02 2011-05-23 13:02 desde IP: 201.122.158.28
Bueno les puedo comentar mi experiencia personal, ya que estoy en un juicio de divorcio necesario y en este juicio fue el juez quien solicto dichas pruebas, ya que no fui yo ni la parte demandada los que las solicitamos, el juez lo hizo ya que como comentan el esta obligado a ver por el bienestar del menor, espero les sirva, el juicio se esta llevando acabo en Atizaoan de Zarogaza en el esatdo de Mexico.
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AutorRespuesta No: 224309
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Mayo de 2011 13:23 2011-05-23 13:23 desde IP: 187.141.50.114
Hola Laura.
Antes que nada yo te puedo decir que si en un momento dado deseas interponer pruebas psicologicas del menor, lo mejor seria que lo lleves con alguna institucion oficial ya que tienen mayor validez de fe publica que una particular....puedes recurrir al DIF Mpal, DIF Estatal, no se si haya por ahi alguna Procuraduria de la Defensa del Menor y la Mujer donde te puedan apoyar en lo psicologico, tendrias que dar una mentira piadosa diciendo del mal comportamiento del niño para que lo atiendan de manera pronta o no se cuales seas sus probelmas fisico o mentales....
Cuando te encuentres en el papeleo administrativo juridico tendras que ofrecer el DICTAMEN que te haya dado la institucion. Comun mente los niños tienen problemas psicologicos cuando existen problemas o separcionde padres, tales como: Tristeza, falta de apetito, rebeldia, bajo estima, llorique constante etc.
No se cual sea realmente tu intension para buscar este tipo de estudios...espero no actues de mala fe y te agarres de tu menor hijo. suerte
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AutorRespuesta No: 224317
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Mayo de 2011 14:23 2011-05-23 14:23 desde IP: 189.225.229.82
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