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NE SE SITO AYUDA
- Consulta : 279857
- Autor : sandra.yeebany_NR
- Publicado : Viernes 13 de Mayo de 2016 09:22 desde la IP: 189.214.12.239
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 13 de Mayo de 2016
Estado de Referencia: Veracruz
tengo 13 años y me sali de mi casa por que mi mama me corrio me fui con mi novio pero no paso nada al mes volvi hacer lo mismo y esta ves si tuve relaciones con mi novio el tiene 17 años y creo que estoy embarazada mi pregunta es ¿lo pueden meter ala carcel ? si me fui y lo hice por mi voluntad no me obligo a nada al contrario yo fui el que lo busque. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 388664
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Mayo de 2016 13:49 2016-05-13 13:49 desde IP: 201.151.188.253
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Autor
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AutorRespuesta No: 388674
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Mayo de 2016 16:55 2016-05-13 16:55 desde IP: 189.180.211.163
yo fui el que lo busque.... eres ombre o muger
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Autor
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AutorRespuesta No: 388675
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Mayo de 2016 17:38 2016-05-13 17:38 desde IP: 201.151.188.253
Artículo 271.- Al que tenga cópula con una mujer mayor de catorce años y menor de dieciocho casta y honesta obteniendo su consentimiento por medio de seducción, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de treinta a cien días multa. Artículo 272.- No se procederá contra el inculpado del estupro, si no es por querella de la mujer ofendida, de sus padres o, a falta de éstos, de sus representantes legítimos; pero cuando el inculpado se case con la mujer ofendida, se extinguirá la acción penal y la pena en su caso.
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Autor
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AutorRespuesta No: 388676
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Mayo de 2016 17:38 2016-05-13 17:38 desde IP: 201.151.188.253
Artículo 271.- Al que tenga cópula con una mujer mayor de catorce años y menor de dieciocho casta y honesta obteniendo su consentimiento por medio de seducción, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de treinta a cien días multa. Artículo 272.- No se procederá contra el inculpado del estupro, si no es por querella de la mujer ofendida, de sus padres o, a falta de éstos, de sus representantes legítimos; pero cuando el inculpado se case con la mujer ofendida, se extinguirá la acción penal y la pena en su caso.
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