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ES CIERTO QUE HACIENDA TE PUEDE COBRAR POR DEUDAS BANCARIAS

  • Consulta : 97840
  • Autor : solit-aria
  • Publicado : Jueves 13 de Enero de 2011 15:53 desde la IP: 189.194.230.88
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,088
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    Consulta

  • solit-aria
    USUARIO REGISTRADO

    QUIERO SABER SI ES SOLO UN PROYECTO QUE TUS DEUDAS BANCARIAS SE   LAS COBRE HACIENDA.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 204756

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

     

    Hola solitaria:

    Te explico las  instituciones  financieras al no poder cobrar deudas de muchos acuden SHCP para que por medio de las DEDUCCIONES fiscales,puedan recuperar algo de lo que han pérdido y así la autoridad valla detrás del  moroso ya que no se le declaro el uso que se le dio al plástico o préstamo etc. como ingreso...esto es  una salida  para  que  la  autoridad  tributaria pueda  cobrar "legalmente" la realidad  que es  un pequeño porcentaje del adeudo del moroso como luego bien dicen de lo perdido lo recuperado...

    A grueso modo es esto, por que el tema es bastante extenso e interesante, por ahí dicen que los fiscalistas  somos medio mañosos ya vamos  un paso adelante por que  este  programa el sat esta mandando CARTAS INVITACIÓN con el monto total del adeudo mas no con el porcentaje  a  deducir...



  • Autor
    Respuesta No: 204786

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola BONY VOX, trato de entender tu comentario, pero no veo donde la autoridad fiscal, pueda tratar de recuperar lo adeudado por clientes que han caído en cartera vencida, en particular de tarjetas de crédito, sí veo posible que el banco las reporte como cuentas incobrables y sujetas a deducción, pero el cliente nada tiene que ver con el sar, lo gastado no fué un ingreso fué un crédito y por lo tanto no puede estar sujeto a pago de impuestos por parte del beneficiario, en lo particular nunca he entendido el porqué la SHCP cobra el IVA en algunos renglones tales como intereses y otros parecidos, que nada tienen que ver con la producción, yo entiendo que  el  IVA  es el valor que se le agrega a los insumos durante las diferentes fases de la producción, hasta llegar al producto terminado, entonces no veo el porqué te cobren el iva al venderte el producto, toda vez que se supone que dicho producto ya fué sujeto a un impuesto (al valor agregado) que se traslada al consumidor y que forma parte del precio final, por éso pregunto, ¿es correcto cobrar  el  IVA sobre intereses?, es un tema bien interesante y algo complicadon y me gustaría conocer tu punto de vista, recibe un saludo.



  • Autor
    Respuesta No: 204827

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Hola  Fabri  así es, pues  entra dentro de  un piloto en departamento  programa  y  planeacion del SAT por eso  es de las cartas  INVITACION asi mismo 



  • Autor
    Respuesta No: 204828

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Hola  Fabri  así es, pues  entra dentro de  un piloto en departamento  programa  y  planeacion del SAT por eso  es de las cartas  INVITACION asi mismo 



  • Autor
    Respuesta No: 204829

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Hola  Fabri  así es, pues  entra dentro de  un piloto en departamento  programa  y  planeacion del SAT por eso  es de las cartas  INVITACION asi mismo 



  • Autor
    Respuesta No: 204830

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Hola  Fabri  así es, pues  entra dentro de  un piloto en departamento  programa  y  planeacion del SAT por eso  es de las cartas  INVITACION asi mismo 



  • Autor
    Respuesta No: 204831

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Hola  Fabri  así es, pues  entra dentro de  un piloto en departamento  programa  y  planeacion del SAT por eso  es de las cartas  INVITACION asi mismo 



  • Autor
    Respuesta No: 204834

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    SE VOLVIÓ LOCA  MI MÁQUINA  NO TERMINE EL TEXTO Y SE  FUE :S

    Te  comentaba  que  es  un piloto dentro del departamento de  desarrollo y plantación por ende  son cartas  invitación pero  únicamente  a tarjetas de crédito EMPRESARIALES, aquí  la  situación es  que  el  banco se vale de esto para  mandar  unas  cartas  similar manejando que hacienda va hacer el cobro de esto y así asustar  al moros..

    Hay reglas de carácter  general sobre  lo que te comento de las  TARJETAS DE CRÉDITO EMPRESARIALES...





  • Autor
    Respuesta No: 204836

  • nazario
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    solit-aria 

    No en este momento.

     

    BONY VOX

     

    Sabias que en la actualidad si tienes una cuenta en el banco con dinero y sin actividad (no retiros ni depositos) unicamente el pago de intereses, o dinero a plazo fijo por tres años, el banco la cancelara y remite el saldo del dinero existente  a la tesoseria de la federacion?

     

    es cierto.

    saludos.





  • Autor
    Respuesta No: 204847

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El procedimiento como siempre  tiene  bastantes  fallas  en si  de entrada  solo es  una carta  invitacion y recuerden que nos marca el art 16 de la constitucion pero  tambien  tiene  como objeto ver en que se ocupo dicho credito empresarial, cuanto  produjo cuanto d  ingreso cuanto de egreso y todo se desemboque en una auditoria que  tiene  como fin fincar  un credito fiscal. pero nada que no se  pueda  impugnar y todo  comienza  desde  el iva  a depositos  en efectivo...



  • Autor
    Respuesta No: 205834

  • solit-aria
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mil  gracias por las amables respuestas, pero no se trata de ninguna tarjeta empresarial, es una tarjeta comun y corriente, por desgracia he caido en  mora y el único bien que tengo es una casa que rento para sostenerme a mi y mis hijos ya que soy viuda y mis niños son menores,lo peor es que no consigo trabajo por tener 50 años y no se que hacer, quiero pagar, pero no me dan trabajo...he buscado hasta de niñera y ni asi



  • Autor
    Respuesta No: 205840

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Solitaria   la secretaria de hacienda  no puede  hacer  el cobro de tarjeta de credito  SOLO MANDA LA INVITACION A EMPRESAS QUE OCUPEN ESTE SERVICIO DIGAMOS QUE NO ES  UN REQUERIMIENTO FORMAL   el banco se vale de  esto ya que   es  la nueva  forma de espantar  manejando eso tratando de envolver al moroso para que se piense que el cobro lo pasa  a la secretaria de hacienda....



  • Autor
    Respuesta No: 205869

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimados Usuarios y Foristas:

    No existe tal situación de cobranza intermediada por la SHCP.

    Debe entenderse en su justa dimensión que los Bancos son regulados por la citada Secretaría y que, para efectos de la "deducibilidad" de cuentas incobrables asi como para efectos de cancelación de reservas de capital ( que los Bancos están obligados a constituir conforme a las reglas de capitalización establecidas por la Comisión Nacional Bancaria por cada crédito establecido, entre los que se hallan sin duda los relativos al consumo disponible a través de tarjetas ) las Instituciones Financieras deben acreditar fehacientemente la imposibilidad de recuperación mediante la comprobación de haber realizado ante los acreditados todas las gestiones conducentes a este fin.

    Asi que, al consultante le informo que, en lugar de angustiarse por estos últimos esfuerzos de cobranza, lo vea como la manifestación de su acreedor de que, le es imposible seguir gestionando la recuperación del crédito y de que, en los hechos, lo llevará a pérdidas en sus estados de resultados.

    Por último, si como consecuencia de ese último aviso, los deudores responden con algún pago o abono a su crédito, el Banco respectivo no podrá aplicar a pérdidas el crédito ni la SHCP autorizará la inclusión del mismo en cualquier procedimiento de cancelación de reservas de capital.

    Saludos cordiales.



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