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TENGO DERECHOS COMO CONCUBINA?
- Consulta : 154928
- Autor : ANNALILY
- Publicado : Viernes 08 de Junio de 2012 14:20 desde la IP: 189.188.166.129
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,084
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 08 de Junio de 2012
Hola, solicito ayuda urgente!!!
Mi pareja esta casado hace 16 años y tiene una hija de doce años, y hace 11 años vive conmigo y tenemos un hijo de 6 años, su esposa esta dada de alta en el servicio medico y mi hijo tambien, pero obviamente yo no. El vive en mi domicilio y todos los muebles estan a mi nombre, me pueden decir que derechos tengo yo? se que puedo meter una pensión para mi hijo y para mi, pero de que porcentaje me corresponde? ella hizo un convenio con el y le esta dando en efectivo aun no tiene en su empleo una pension. El vive conmigo, se ha querido divorciar pero no se ha podido porque ella no quiere y las veces que lo ha tramitado ha perdido el caso.
Algunas sugerencias??
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 270194
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Junio de 2012 14:28 2012-06-08 14:28 desde IP: 201.124.60.121
Lamentablemente, Usted no es concubina, puesto que es un requisito indispensable para establecer el concubinato, que ambas partes ESTÉN LIBRES DE MATRIMONIO.
La relación que Usted sostiene con el hombre casado, es AMASIATO.
Y la Ley no otorga ningún derecho a los amasios.
Existen algunos Estados de la República, existe el divorcio incausado para el cual no es necesario tener una causa para divorciarse, sino solamente la voluntad de una de las partes.
En otros, existe el divorcio voluntario o necesario, este último tiene que acreditar alguna causal de las previstas en el Código Civil del Estado donde se prevean dichas figuras jurídicas, pero es raro que no se pueda divorciar, si existen causas para ello y más si dice que ya lleva 11 años viviendo separado de su esposa.
Si su pareja desea divorciarse, que acuda con Lic. en Derecho especialista en materia familiar para que le informe cuál es el trámite para divorciarse (en caso de que de verdad desee hacerlo).
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 270208
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Junio de 2012 15:35 2012-06-08 15:35 desde IP: 187.194.40.53
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