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MODALIDAD 40 VS APORTACIONES AFORE, QUIERO TOMAR LA MEJOR DECISIóN
- Consulta : 233775
- Autor : ccaby_s_NR
- Publicado : Martes 24 de Junio de 2014 17:04 desde la IP: 201.145.231.182
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 24 de Junio de 2014
Estado de Referencia: Morelos
Mi nombre es Claudia
Primero que todo, agradecerles por tomarse el tiempo de ayudar a todas las personas interesadas en tener un futuro económico digno.
Tengo varias dudas y me gustaria que me ayude, le planteo mi caso:Cotice en el imss a partir de 06 oct 1999, la última baja el 06 de sep 2009, hasta el momento no cotizo, en total tengo 461 semanas cotizadas, mi afore es siglo XXI-banorte, tengo 39 años, no trabajo formalmente, pero si cuento con ingresos.
1.que me conviene mas, ¿hacer aportaciones a la afore como trabajador independiente o inscribirme en la modalidad 40?, considerando hacer aportaciones equivalente al salario base de cotización con el que me inscribiría en la modalidad 40 y considerando la posibilidad de ya no trabajar con un patron.
2. en el estado de cuenta de la ofore hay un apartado que dice ESTADO DE CUENTA/GENERACION DE TRANSICIÓN (los trabajadores generación de transición son aquellos que iniciaron cotizando bajo la ley del seguro social 1973 y vienen en el estado de cuenta las subcuentas de ahorro para el retiro 92 y 97 y cesantia y vejez y cuota social, ¿será que tendre la opción de elegir el regimen cuando me retire? o ¿es un error que sea generacion de transición puesto que comence a cotizar en 1999?; y por ultimo
3. Acudi al imss a informarme para inscribirme en “continuación voluntaria o modalidad 40″ el año pasado y me dijeron que habia perdido mi derecho porque solo son 4 años despues de la baja, leyendo la ley dice que el tramite se puede hacer hasta antes de cumplir 5 años, ¿me puede confirmar si esto es cierto y si es posible que pueda pagar los años retroactivos a partir de la fecha de baja al momento de inscribirme en esta modalidad? o bien ¿puedo inscribirme con fecha actual y posteriormente pagar los años atrasados?
de antemano muchas gracias por tomarse el tiempo de leer, y sobre todo de darme respuesta. ¡gracias! -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 358206
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Junio de 2014 22:20 2014-06-24 22:20 desde IP: 189.134.222.73
1. ¿A qué te refieres exactamente con "hacer aportaciones a la afore como trabajador independiente? ¿Te refieres a hacer Aportaciones Voluntarias o a inscribirte en la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio?
Las primeras son aportaciones que van directamente a tu cuenta individual y no generan semanas cotizadas, la segunda es inscribirte en este régimen como trabajador independiente, genera semanas cotizadas y parte de tus aportaciones van a tu cuenta individual, para inscribirte aquí debes demostrar que trabajas por tu cuenta mediante alta en Hacienda como persona física con actividad profesional o empresarial.
2. Efectivamente los trabajadores en transición son los que cotizaron por primera vez antes del 1 de julio del 97, en tu caso paraece que no es así, por lo que tus saldos 92 deben estar en cero.
3. Te puedes inscribir en la modalidad 40 siempre y cuando no hayan pasado más de cinco años después de tu baja. En tu caso parece que esos cinco años se cumplen hasta el 6 de sep de 2014, por lo que SÍ debes poder inscribirte (Art 219 LSS).
La inscripción puede ser con el último salario de cotización que tenías y hasta por un máximo de 25 salarios mínimos y te puedes inscribir a partir de ahora o desde el día de tu baja, para lo cual tendrías que pagar al momento de inscribirte el retroactivo y ajustes correspondientes a todo ese período.
Sin embargo, esto último tal vez no sea la mejor estrategia.
Para tener derecho a pensión, la ley 97 exige 1250 semanas cotizadas (24 años) ya tienes 10 años, tienes 39 años de edad, te faltan 21 para los 60. Si cotizas de aquí a los 60 en esa modalidad alcanzarías 31 años, más que suficientes para pensionarte.
Pero en la ley 97 da lo mismo cotizar 24 o 50 años, aquí lo importante es cuánto dinero acumules en tu cuenta individual.
Si cotizas en modalidad 40 de aquí en adelante por unos 15 años podrías alcanzar el tiempo de cotización para pensionarte.
Y en este caso, todo el dinero que ibas a meter a tu cuenta como retroactivo por la modalidad 40 por estos cuatro años, mejor metelo directamente como aportaciones voluntarias.
La diferencia es en primer lugar que de todo ese dinero bajo la modalidad 40 alrededor del 30% se va como aportaciones de invalidez y beneficiarios (se va al IMSS, no a tu cuenta), en cambio mediante aportaciones voluntarias el 100% se va a incrementar tu cuenta, y estas aportaciones son deducibles de impuestos.
Y si quieres, de aquí en adelante puedes seguir cotizando en la modalidad 40 y al mismo tiempo hacer aportaciones voluntarias.
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