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VENTANAS PERPENDICULARES A LA MEDIANERA

  • Consulta : 278831
  • Autor : alejdominguez_37_NR
  • Publicado : Jueves 14 de Enero de 2016 09:14 desde la IP: 201.103.3.25
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,094
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  • Autor
    Consulta

  • alejdominguez_37_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Antes que nada le agradezco al Lic. Joseluis carbajal por haber despejado algunas dudas al respecto en una consulta anterior. el tema es sobre ventanas perpendiculares muy grandes a y una distancia muy corta de mi predio por un edificio de departamentos que se esta construyendo. leí los artículos 851 y 852 del código civil del DF y por lo que entendí, se pueden poner ventanas perpendiculares (vistas de costado) al lindero siempre que estas estén a un metro de dicho lindero no encontré mas información en artículos contiguos supongo que no esta limitado el tamaño tamaño de dichas ventanas. ahora mi pregunta es si las ventanas están a menos de un metro y no las quieren recorrer con quien acudo? ellos son una constructora con recursos y palancas, por ese lado no le veo buen pronostico, por otra parte si no lo arreglo con ellos (constructora) le puedo exigir a quien compre el departamento? y si dicha ventana es de sus escaleras de uso común a quien le correspondería? que podría hacer para generar un antecedente? disculpen tantas preguntas y molestias y muchas gracias por su apoyo.

     

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