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EFECTOS DEL INCIDENTE
- Consulta : 181037
- Autor : srfcoenriqueamador_NR
- Publicado : Viernes 21 de Diciembre de 2012 08:08 desde la IP: 189.252.44.127
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 21 de Diciembre de 2012
Estado de Referencia: Sonora
Buen dia, quisiera me pudieran asesosar en una situacion que se me presento, hace alrededor de dos años mi clienta fue demandada por divorcio necesario por su conyuge, al dar contestacion a dicha demanda el juez de primera instancia le decreto a la parte actora como deudor alimentista cierta cantidad a favor del acreedor alimentista en nombre y en representacion de sus menores hijos, al no dar cumplimiento el deudor alimentista en cuanto a las medidas provisionales decretadas por el juez promovi un incidente de las medidas acordadas en cuanto a la cuestion alimenticia con el fin de que se requiriera a la parte actora y diera cumplimiento, no hemos podido requerir al deudor alimentista en razon de que trabaja varios por fuera de la ciudad y la agenda de los actuarios adscritos al juzgado esta muy apretada, total que ese incidente lo promovi despues de haberse desahogado todas las pruebas por ambas partes, y al no ver prueba pendiente por desahogar solicite se pusiera para el periodo de alegatos y se exhibieron despues de haber salido acordardos, solicita se cite y se dicte sentencia dentro del juicio principal a lo cual en dicha auto me manifiesta el juzgado de primera instancia que no ha lugar en razon de que esta pendiente por resolverse la situacion del incidente, ea lo cual le manifiesto al secretario de acuerdos que de acuerdoa nuestro codigo de pro. civiles para el estado de sonra establece el articulo 334 que la citacion para sentencia produce los siguientes efectos. impide que se promuevan recusaciones u otras cuestiones incidentales, pero en el periodo yo como abogado lo interpuse el incidente con anterioridad, fundamentando ademas mi observacion en lo que dispone el articulo 484 fraccion V.- que reza de la siguiente manera los incidentes se tramitaran de acuerdo con el procedimiento que se establezca para cada uno de ellos, solo se suspenderan los procedimientos del juicio con motivo del incidente cuando la ley que asi lo disponga expresamente en los demas casos , la tramitacion de los incidentes no suspende el caso de los procedimientos. mi duda es si interpongo un recursi de revocacio contra ese auto en el cual el juez manifiesta que no ha lugar toda vez que esta por resolverse un incidente de las medida decretdas en la cuestion de alimentos, segun yo en los procesos de caracter familiar los incidentes que se promuevan no suspenden el procedimiento. ya que es unaccesorio dentro del principal que se lleva por cuerda separada. de ser posible y para poder revocar dicho auto si me pudiera pasar alguna tesis para fundamentar , gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 296404
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Diciembre de 2012 08:58 2012-12-21 08:58 desde IP: 187.204.193.65
no dices lo importante... si contesto la demanda,.,. si señalo domicilio procesal... porque no lo has hecho por edictos... pero de tener razón el juez... claro que la tiene... alimentos es de imperio... y su incidente asi solicitado... si impide la resolucióin del juicio... la sentencia... no es un procedimiento... es el fin del procedimiento... y no puede quedar lejos de la sentencia... el extremo solicitado... la sentencia lo debe definir... si da o no da... eso NO IMPORTA... ya que ante la falta de cumplimiento... hay accion penal... pero de que tiene razón el juez y solo estas perdiendo el tiempo... eso es cierto...
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