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CALUSURA
- Consulta : 128044
- Autor : nr_NR
- Publicado : Lunes 17 de Octubre de 2011 13:25 desde la IP: 201.141.234.23
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,068
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 17 de Octubre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 242287
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Octubre de 2011 20:03 2011-10-17 20:03 desde IP: 201.110.89.125
Le recomiendo que se registre para que pueda en el mismo tema abierto darle continuidad y bi se dupliquen las consultas.
Si usted ya subsano la irregularidad que le detectaron durante la visita de verificacion acreditelo ante la autoridad, es probable que le fijen una multa pero no clausuren.
Es importante que se presente a la cita que tiene programada y con una estrategia bien definida. Cualquier acto de autoridad es susceptible de impugnarse y dejarlo sin efectos pero implica contratar abogado e iniciar un procedimiento que no requiere.
Exponga su situacion ante la autoridad presente la documentacion en donde corrige su situacion y espere la resolucion. Puede darse el caso de que salga sin sancion, que le impongan una multa o que ordenen la suspension de actividades.
De lo que le notifiquen informelo aqui mismo para darle seguimiento a su asunto, pero en ningun momento deje de presentarse a su "audiencia". Si le esposible asesorese personalmente de abogado especialista en materia administrativa.
Saludos cordiales.
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