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CAMBIO DE ALBACEA

  • Consulta : 105260
  • Autor : MARITOTATO
  • Publicado : Jueves 10 de Marzo de 2011 22:19 desde la IP: 189.189.144.156
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,090
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  • Autor
    Consulta

  • MARITOTATO
    USUARIO REGISTRADO

    Agradeceria me informaran el procedimiento para cambiar al albacea nombrado en testamento, el cual es uno de los 5 herederos, asi como bajo que terminos es posible, ya que dicha persona despues de dos años de fallecido mi papa, no ha llevado a cabo tramaite alguno por vivir en la propiedad heredada.  Ya los 4 hermanos restantes estamos de acuerdo en cambiarla como consultamos en reunion hecha en dias pasados. Basta solo con  levantar una acta de dicha asamblea firmando todos los 4 estar de acuerdo y avisar al albacea actual?

    Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 214693

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    MARITOTATO

    Sea revocacion y/o remosion para separar del cargo de Albacea, esta debe solicitarse ante el Juez de lo Familiar que conozca de la tramitacion de en este caso la Testamentaria. ¿Ya le dieron tramite al Testamento por conducto de un Juzgado de lo Familiar'.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 214702

  • sergio villa
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Primero deben de hacer la denunca testamentaria respecto de esa sucesion, pq no solo es hacer el testamento sino que se haga efectivo lo que el mismo dice y a su vez que se le de la validez necesaria,(el papel awanta lo que sea, pero sera la autoridad judicial o si su estado econoico lo permite por medio de un notario).  En este caso fue voluntad del de cujus (persona fallecida: quien cede los derechos despues de la vida) quien nombra a dicha persona como albacea,  pero el codigo civil es muy claro la mencionar ciertos casos por los cuales uede ser revocado el mismo. Yo le recomiend que de inmediato haga la denuncia testamentaria a bienes de su papa,  para que en el momento procesal oportuno y si a su vez el albacea sigue siendo omiso en sus obligaciones como el que resguarda los bienes que integran la masa hereditaria, solicite sea removido, esto se hace via incidental dentro del mismo procedimiento, una causa puede ser que no rinda las cuentas de albaceazgo o que no formule en tiempo el inventario y avaluo de los bienes de la sucesion.



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