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ASESORIA
- Consulta : 149547
- Autor : rodolfopreza28_NR
- Publicado : Viernes 04 de Mayo de 2012 14:58 desde la IP: 187.195.222.222
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,067
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 04 de Mayo de 2012
Estado de Referencia: Tamaulipas
somos posesionarios de locales 24personas
se demando a tres personas
no procedio interdicto recuperar posesion los demandantes apelaron se confirma sentencia
en amparo se ordena notificar a los restantes posesionario
en 2003
posteriormente se emplaza a varias personalmente o otras restantes por edictos
no nos enteramos de la demanda y se dicta sentencia se oredna la entrega voluntaria del inmueble
promovemos amparo nueve de las posesionarias que presumimos fimos notificadas con otro nombre y por edictos
es decir a maricruz ramirez nombre correctoria lo es maria de la cruz ramirez
a antonia gomez el nombre correcto antonina jose reyes
asi laqs nueve que no nos enteramos del juicio
el 13 de abril se nos informa por una sde las demamandaqdas que le notificaron una sentencia y que se ordena la entrega voluntaria en cinco dias
25 de abril las nueve que no fuimos notificadas del interdicto promovemos amparo
como terceras extraÑas a juicio acto reclamads de la ordenadora .- todo el juicio radicado en juzgadso de primera instancxia ya que es todo el procedimiento judicial que afecta nuestra esfera juridica al trastocar o vulnerar nuestros derechos por ser todo el juicio el acto generador de la sentencia siendo consecuencia juridica de la misma la orden dada a la autoridad ejecutora consistente en la inminente desposesion del inmueble
solicitamos la suspension provisional del acto
no anexamos documentos ya que no tenemos acceso al expedinete y a quien se les notifico la sentencia de primera instancia no nos quisieron proporcionar la notificacion minimo para anexarla a la demanda de amparo y que nos sirviera como presuncion para acreditar aco reclamado.
se nos niega suspension provisional
audiencia incidental 09 de mayo 2012
pregunta hay manera de atacar el acuerdo donde se nos niega la suspension provisioanl ese acuerdo es del 04 de mayo, fantes de la audiencia incidental y acompanar copia fotostatica simple de una de las notificaciones de la sentencia notificada a una de las demandadas
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AutorConsulta
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