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INDEMNIZACION
- Consulta : 141099
- Autor : NegroEnano
- Publicado : Miércoles 07 de Marzo de 2012 14:51 desde la IP: 189.175.215.24
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 07 de Marzo de 2012
buenas tardes, agradeceria su asesoria para determinar a que tiene derecho la viuda por parte de la empresa donde laboraba el trabajador fallecido por un accidente q no es riesgo d trabajo ya que fue en horas q no estaba trabajando.
ingreso el 6 de agosto de 1993 a laborar a la empresa , y fallecio el 4 de marzo de este 2012 con un salario de $110.00 pesos
agradeceria sus comentarios al respecto
saludos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 257176
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Marzo de 2012 16:57 2012-03-07 16:57 desde IP: 189.152.130.163
Si en su contrato colectivo o individual no existe alguna prestación extra, lo unico que puede reclamar es la parte proporcional aguinaldo , vacaciones y primas de estos,como salarios no devengados, así como la prima de santiguedad que son doce dias por cada año de servicios topado a dos veces el salario minimo del area geografica.
En el imss dos veces el salario minimo por gastos de funeral y tramitar la pensión de viudez que sera calculada al 90% de lo que le hubiera tocado al fallecido en invalidez.
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Autor
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AutorRespuesta No: 257179
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Marzo de 2012 17:02 2012-03-07 17:02 desde IP: 187.144.164.78
BUENAS NOCHES:
Por concepto de indemnizaciòn en uerte por riesgo de trabajo, no le corresponde nada, lo asentado por el colega que me recede es lo que le corresponde; con la salvedad que puede que el imss, le pelee el derecho si no tien un numero determinado de cotizaciones.
Saludos a los Colegas participantesde esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 257181
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Marzo de 2012 17:05 2012-03-07 17:05 desde IP: 201.137.103.160
HOLA BUENAS TARDES MIRE COMO NO FUE SU FALLECIMIENTO POR RIESGO DE TRABAJO LA EMPRESA NO ESTA OBLIGADA A NADA PERO SE DEBE TRAMITAR LA PENSION POR VIUDEZ EL PAGO DE MARCHA Y DEMAS PRESTACIONES DEPENDIENDO LA INSTITUCION CON QUIEN ESTABA ASEGURADO Y SI DEJO HIJOS MENORES DE EDAD A ELLOS TAMBIEN LES CORRESPONDE PENSION CUALQUIER DUDA ESTOY A SUS ORDENES EN EL DISTRITO FEDERAL MONICA DELGADO 55829411 36198407
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