- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
TIEMPO EN QUE PRESCRIBE DEUDA VERBAL
- Consulta : 267819
- Autor : janeth.delacruz_NR
- Publicado : Jueves 04 de Junio de 2015 22:32 desde la IP: 189.238.53.139
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 04 de Junio de 2015
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 381142
-
Fecha de respuesta: Jueves 04 de Junio de 2015 22:45 2015-06-04 22:45 desde IP: 201.141.194.66
Buenas noches.
En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que más que un problema de prescripción por la obligación de pago a cargo de su deudor se trata de que el mismo reconozca el adeudo o que usted pueda probar que efectivamente le entregó esa suma de dinero.
En fin, la prescripción negativa opera a los 5 años de acuerdo al Codigo Civil de Coahuila.
ARTÍCULO 2513. Fuera de los casos expresamente exceptuados por la ley, se necesita el lapso de cinco años, contados desde que una obligación pudo exigirse o un derecho ejercitarse, para que se extinga la facultad de pedir el cumplimiento de la obligación, o para perder el derecho, cuando aquélla no se exigió y éste no se hizo valer
Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría.
“PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
-
Autor





