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CESION DE DERECHOS AGRARIOS
- Consulta : 256810
- Autor : g-corrales_NR
- Publicado : Miércoles 18 de Febrero de 2015 17:28 desde la IP: 189.174.243.82
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,070
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 18 de Febrero de 2015
Estado de Referencia: Sinaloa
Buenas tardes, mi mama era ejidataria y hace un año que fallecio, pero antes de enfermar ella notario una lista donde dejo a peticion suya la designacion por partes de la tierra; son 10 hectareas, a mi hermano como numero uno en la lista le dejo 5, a mi 2 y a mi otro hermano 3, este documento ya fue depositado en las oficinas de la Reforma Agraria quedando pendiente de llevar el acta de defuncion. Mi pregunta es: esta lista es valida aun cuando mi hermano (el numero uno) esta como representante en el ejido de las tierras, pudiendo designar a nuevos sucesores como su esposa o hijos o la ley lo obliga a cumplir con la voluntad de mi mama?
Quedo en espera de su respuesta
GICA
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 375002
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Febrero de 2015 14:59 2015-02-20 14:59 desde IP: 189.148.182.28
DE ACUERDO A LA LEY, SI ES VALIDA LA DESIGNACION QUE HIZO TU MA Y DEBE DE RESPETARSE TAL Y COMO LO ESTABLECIO, CUALQUIER DUDA, ESTOY A TUS ORDENES.
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