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AYUDA URGENTE, DESAHOGO DE PREVENCION
- Consulta : 202495
- Autor : abogado_ed_NR
- Publicado : Jueves 04 de Julio de 2013 15:09 desde la IP: 187.213.25.78
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 04 de Julio de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
hola comunidad de mexico legal les pido de su ayuda en esta ocasion aprovechandome de su buena voluntad, el asunto es el siguiente:mi tia(hermana de mi mama) se caso aqui en el df con un tio(hermano de mi papa), resulta que solo vivieron un año juntos y de ese año resulto una hija que actualmente tiene 13 años, bueno hace un mes mi tia me pidio de favor llevar su divorcio a lo cual acepte, realice la demanda y el convenio y meti la demanda el 31 de mayo, de esa primera demanda el juez me previno diciendo que el ultimo domicilio conyugal era del estado de jalisco y que por lo tanto tal juzgado no era de la competencia asi como tambien requeria la garantia de la pension alimenticia determinando monto lugar y fecha para el pago de la misma. debido a que deje pasar el lapso para desahogar la prevension solicite los documentos originales, los cuales me fueron entregados, despues de esta primera vez volvi a promover el divorcio, esta vez si mencione una direccion de aqui del df en la cual fue su ultimo domicilio conyugal, tambien mencione el monto a pagar el dia primero de cada mes y que seria de 1000 pesos, y que ambas partes renunciaban reciprocamente a la pension alimanticia, bueno el caso es que hoy el juez me volvio a prevenir, me solicita la garantia de la pension art.317 del codigo civil para el df (por lo cual ya hice un deposito en un banco por los 1000 pesos) tambien (y es lo que me tiene nervioso) me esta apercibiendo a que me pronuncie con respecto a la primer demanda en relacion al articulo 65 y 65 bis del codigo de procedimientos civiles vigente para el df, el cual señala que puedo ser acreedor a una multa de 6000 pesos en caso de que no desahoge la prevencion y el apercibimiento que me hace, mis preguntas son las siguientes profesor y espero que me pueda ayudar.
1-con el deposito que hice hoy puedo desahogar la parte de la garantia de la pension?
2-tengo que hacer de nuevo el convenio ajustando la parte donde ambos renuncian a la pension? dado que es irrenunciable
3-como pronunciarme respecto a la demanda que ya habia metido y que deje pasar el tiempo para desahogar la prevencion? esto con el afan de que el juez no crea o no piense que trate de burlar la instancia como lo dice el art. 65 bis, y no hacerme acreedor a la multa.
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AutorConsulta
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