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SE PUEDE REGISTRAR CONCUBINATO CUANDO UNA YA MURIO

  • Consulta : 237822
  • Autor : monserrat.labro.e_NR
  • Publicado : Viernes 01 de Agosto de 2014 18:36 desde la IP: 189.223.196.155
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
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  • Autor
    Consulta

  • monserrat.labro.e_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    Hola buen día, ojala pudieran orientarme.  Recientemente falleció mi padre y al momento de integrar la documentación necesaria para los trámites de pensión y servicio médico para mi madre, se dio cuenta de que estaban divorciados desde el año 1990/1991 obviamente algo desconocido por todos, este divorcio fue necesario alegando maltrato físico contra mi padre (según el abogado ). Cabe mencionar que el abogado en cuestión es primo hermano de mi madre y nunca se le notifico nada a ella, total que desde entonces y hasta la fecha mis padres estuvieron juntos, pero al desconocer lo del divorcio pues no se volvieron a casa o minino registrar el concubinato en último de los casos.

    La pregunta es, ¿se puede nulificar el divorcio alegando conflicto de intereses siendo el abogado familiar? O bien registrar el concubinato aun que mi padre haya fallecido. O que es lo que procede, que podemos hacer para que mi mamá recupere sus derechos, todo esto ante el ISSFAM.

     

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