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DUDAS SOBRE PENSION DEL IMSS

  • Consulta : 141822
  • Autor : arojas_00_NR
  • Publicado : Martes 13 de Marzo de 2012 15:48 desde la IP: 189.228.140.234
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,086
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  • Autor
    Consulta

  • arojas_00_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola tengo algunas dudas y me gustaría saber si ustedes me pueden orientar sobre las pensiones del imss,  mi padre falleció hace un mes pero el ya no cotizaba en el imss desde noviembre del año 2008  aprox. Tiene un promedio de  1,800 semanas cotizadas yo acudí a la delegación del imss   donde el tuvo anteriormente  la  atención medica,  pero el comentario que ellos me hicieron fue que no era posible ya que el  debió estar vigente antes de su deceso.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 258040

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si en efecto su padre tenia 1,800 semanas  y fue dado de baja en noviembre de 2008,quiere decir que tenia a partir de esa fecha ocho años y 34 semaanas de conservacion de derechos es decir esta vigente su tramite de pensión considerando que estamos a marzo de 2012  ya que estaria en vigor sus derechos hasta el 2016.

    acuda a control interno del imss y reclame l o que a derecho proceda que es la pensión de viudez , orfandad entre otras ,si tiene hijos estudiando entre los 16 y 25 años.

    le paso el fundamento ley 1973.seguro social.

     

    ARTICULO 182.-

    Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen del Seguro Obligatorio, conservarán los derechos que tuvieren adquiridos a pensiones en los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, por un periodo igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja.

    Este tiempo de conservación de derechos no será menor de doce meses.

    Las disposiciones anteriores no son aplicables a las ayudas para gastos de matrimonio y de funeral, incluidas en este capítulo.



  • Autor
    Respuesta No: 258046

  • RICHARD.SOLIS7
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    CLARO QUE TIENE DERECHO CONSULTANTE NO SE DEJE SORPRENDER Y SI NECESITA MAS ORIENTACION Y DOCUMENTACION NO DUDE QUE CON GUSTO LE PODRE ORIENTAR MAS, AQUI LO QUE FALTA ACLARAR ES SI LE SUBSISTE SU SEÑORA MADRE PARA EL RECLAMO DE PENSION POR VIUDEZ ó USTED ES MENOR DE EDAD PARA RCLAMAR DICHA PENSION SALUDOS



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