Estado de Referencia: Nuevo León
Buenas tardes colegas, he visto el foro y en muchas ocasiones hay muy buenos comentarios, en algunos de ellos vi más pleito y comentarios egocéntricos, pero bueno, espero sea buena mi pregunta y nos ayude a ampliar nuestro conocimiento.
Referencia: Estado de Nuevo León.
Hay un Juicio Ejecutivo Mercantil del cual me acaba de contactar un cliente, el juicio inició en 1992, no se ha dictado sentencia, y el último auto en el que se considera impulsa el procedimiento es del 16 de marzo de 1993, mismo que se concedía una dilación probatoria, y por ello ordenaron notificación personal a las partes, nunca se notificó dicho acuerdo y, por ende, maneja el Juez que conoce del procedimiento que no puede decratar la caducidad por eso mismo. Cabe mencionar que el expediente se mandó archivar el 23 de Septiembre de 1994 y no se había realizado acuerdo alguno hasta mi promoción para extraerlo de archivo.
Ahora, el objetivo de querer concluir el juicio es por que se trabó embargo sobre un bien inmueble el 15 de marzo de 1993. Mi duda es, hay alguna otra forma para poder pedir la cancelación de dicho embargo, así como, la prescripción de la deuda, por el tiempo transcurrido.
Les agradezco de antemano sus comentarios y espero sea interesante el cuestionamiento.
Saludos!