Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

TERMINO DE CONTRATO A UN MES DE LICENCIA POR MATERNIDAD.. QUè PUEDO HACER?

  • Consulta : 140028
  • Autor : cin_borre_NR
  • Publicado : Lunes 27 de Febrero de 2012 16:17 desde la IP: 201.141.95.227
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • cin_borre_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Estaba contratada con una plaza eventual en la SEP federal, no firme contrato sino una constancia de nombramiento con un puesto de enlace... Mi constancia vencia el 31 de diciembre de 2011.

    EL 5 de diciembre del 2011 me dan mi licencia médica por incapacidad, Mis jefes me dijeron que contaba con mi trabajo al regresar, sin embargo hubo cambio de administración y mis actividades,mi equipo de cómo , por el cual firme de resguardo, y todas mis cosas fueron llevadas a otro lugar que desconozco. 

    Mi pregunta es.. no hay nada que hacer en mi trabajo?.. nadie me agará mi incapacidad? tengo entendido que el imss antes pagaba sus incapacidades en HSBC.. pero el ISSSTE no me da respuesta, y en mi trabajo tampoco, me han dicho que no incurren en ningúna arbitrariedad, que simplemente no me recontratan, tenia desde el 2007 ahi... y no pude buscar trabajo por la incapacidad y  el no tener donde dejar a mi hija sin prestaciones...

     

    Muchas gracias por la asesoría

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 256089

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las plazas de enlace están catalogadas como puestos de confianza.

    En tal sentido y de acuerdo con lo establecido en el artículo 8o de la Ley Federal de los Trabajadores del Estado, Usted quedaría excluida de las prerrogativas que otorga dicha Ley y si bien es cierto, que tenía derecho a disfrutar de un período de descanso por su embarazo, esto es siempre y cuando su contratación estuviera vigente.

    Así las cosas, supongo que su salario se le cubrió íntegro hasta el 31 diciembre de 2011

    Los trabajadores de confianza NO TIENEN DERECHO A LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO y sólo tienen derecho a gozar de las medidas de protección al salario y a gozar los beneficios de la seguridad social.

    A los trabajadores del Estado, el ISSSTE no les paga las incapacidades, sino que la dependencia donde laboran es quien les paga las Licencias Médicas, es decir, éstas son con goce de sueldo, no es como en el IMSS donde éste les paga directamente las incapacidades, pero igualmente, si en el IMSS las dan de baja, ya no se cubren las incapacidades por maternidad.

    Puede demandar, (tiene un plazo de 4 meses a partir de la fecha en que Usted considera la despidieron injustificadamente) pero de que prospere la demanda es otra cosa…

    Suerte!

     



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión