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LABORAL. LA AUDIENCIA TRIFASICA SE PUEDE CELEBRAR AUN CUANDO FALTA POR NOTIFICAR A ALGúN DEMANDADO Y DESPUéS NIVELAR EL PROCEDIMIENTO?

  • Consulta : 143865
  • Autor : vicsergal_NR
  • Publicado : Martes 27 de Marzo de 2012 13:20 desde la IP: 189.240.12.172
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,066
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  • Autor
    Consulta

  • vicsergal_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    En un asunto  laboral de caracter individual, al momento de abrirse la audiencia trifasica en su etapa de conciliacion, demanda y excepciones., falta por notificarse a una persona moral codemandada y aun asi celebran la audiencia con los codemandados presentes, terminan se dicta el acuerdo respectivo y no dicen nada de la moral que falta y pasan a la siguente etapa de ofrecimiento y admision de pruebas la cual de igual forma celebran sin estar notificada dicha persona moral y al momento de acordar la autoridad dice que se tiene por celebrada entre los comparecientes y por lo que hace a la que falta se ordena notificar y para efectos de nivelar el procedimiento se señala dia y hora para la audiencia trifasica unicamente por lo que hace a dicha codemandada,    

     

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