Estado de Referencia: Distrito Federal
Adquirimos una vivienda con la modalidad de COFINAVIT, es mancomunado, pagamos la mayoría de la vivienda con nuestros recursos y el saldo nos lo otorgó una institución bancaria bajo este esquema. Hoy tengo una resolución de pensión por parte del IMSS, ambos saldos de la subcuenta de vivienda ya alcanza para liquidar el crédito, acudí a al INFONAVIT, me dicen que no se puede aplicar el saldo de mi subcuenta de vivienda aunque ya esté pensionado por tratarse de un crédito COFINAVIT AG.
¿Podré exigir la aplicación ambos saldos de la cuenta de vivienda, pues pienso que ya está más que garantizado el pago del crédito?.
Los Burócratas del infonavit me dicen que se aplicarán las 3 parcialidades faltantes, solo así se plicará el saldo de la subcuenta de vivienda, y si esto pasa pagaré muchísimos intereses.
Por su ayuda, apoyo y orientación.
Gracias.
Rafael Angel Gutiérrez.