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LIQUIDACION POR 18 AñOS LABORANDO
- Consulta : 209400
- Autor : laura_lucys_NR
- Publicado : Jueves 26 de Septiembre de 2013 20:07 desde la IP: 201.153.68.230
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,125
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 26 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
Hola muy buenas noches quisiera saber cuanto me darian de liquidación por 18 años de trabajo, trabaje cómo empleada domestica y este octubre me dicen q ya no necesitaran mis servicios si pudieran orientarme. Cabe señalar q con los q trabajo aun son chinos y tienen una emprrsa y la empresa mete mi pago como por el trabajo de limpieza de la casa donde viven los q trabajan en esa empresa. Y en dado de no recibir una liquidación q puedo hacer. Se los agradezco. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327023
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Septiembre de 2013 20:18 2013-09-26 20:18 desde IP: 187.162.210.121
No firme ningún documento que pretenda el patrón que lo haga; ni finiquito, ni liquidación, ni renuncia, ni ninguno otro, ya que intentarán valerse de ello para argumentar que usted fue quien renunció voluntariamente al trabajo.
En cuanto le digan que deje de presentarse a prestar sus servicios, acuda inmediatamente a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su localidad, solicitando se le asigne a un defensor de oficio que la asista y oriente, y proceda a demandar al patrón por el despido injustificado de que la hizo objeto.
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Autor
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AutorRespuesta No: 327026
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Septiembre de 2013 20:33 2013-09-26 20:33 desde IP: 201.153.68.230
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AutorRespuesta No: 327028
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Septiembre de 2013 20:45 2013-09-26 20:45 desde IP: 187.162.210.121
Para poder decirle a cuanto asciende su liquidación, necesitaría que me dijera:
En que fecha empezó a prestar sus servicios, cuál es su sueldo; cuando fue la última vez que le concedieron vacaciones, que horario de trabajo tenía, cuál era su día de descanso semanal y si la tenían inscrita o no en el Seguro Social.
Aunque mi recomendación es que debe acudir de inmediato a la Procuraduría, expóngales también que el dueño de la empresa pretende ausentarse, para que conjuntamente con la demanda, se solicite su arraigo a fin de que no pueda salir de la ciudad sin dejar un apoderado debidamente expensado (con dinero suficiente) que lo represente en el juicio.
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AutorRespuesta No: 327032
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Septiembre de 2013 21:57 2013-09-26 21:57 desde IP: 201.153.68.230
Empece a trabajar en abril de 1995 mi sueldo es de $4000 mensual tenia 13 dias de vacaciones trabajo de planta desde las 7:30 am - 8:30 con domingo de descanso y no estoy inscrita al seguro social. Acabo de hablar con mi jefe y pretende pasarme al nuevo jefe cambiando de domicilio de trabajo si es q el acepta, asi q supongo ellos los manejarán como q si no acepto quedarme con el nuevo jefe una renuncia no?, no se q hacer en este caso o como proceder. Agradezo su contestación
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Autor
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AutorRespuesta No: 327056
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Septiembre de 2013 10:38 2013-09-27 10:38 desde IP: 187.162.210.121
Si ustred es despedida injustificadamente, tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones:
Indemnización constitucional, consistente en 3 meses de salario: $ 12,000.00
Prima de antigüedad, consistente en 12 días por cada año de servicios laborados (12 por 18 años más 5 días por los meses de abril a septiembre de 2013) 221 días, que se pagan con el equivalente al doble del salario mínimo vigente en el Estado de México $ 129.52 diarios: 28,623.92
Vacaciones correspondientes al cumplimiento de 18 años: 18 días por 133.33: $ 2,399.94
Prima vacacional 18 años: $ 600.00
Vacaciones proporcionales abril septiembre 2013: 7.5 días: $ 1,000.00
Prima vacacional abril septiembre 2013: $ 250.00
Agunaldo 2013: $ 1,499.65
Tiempo extraordinario (usted labora una jornada semanal de 60 horas, cuando la máxima legal es de 48 horas semanales, por lo que tiene derecho al pago de 12 horas semanales de tiempo extraordinario, a razón de salario doble las primeras 9 horas y triple las 3 restantes: $ 23,399.40.
Total aproximado: $ 69,772.92.
Además, al demandar y obtener un laudo favorable, el patrón también tendrá que pagarle salarios caídos hasta por un año, y si el juicio y cumplimiento tarda más de ese tiempo, a partir del año, un interés del 2$ mensual sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario, que en su caso serían $ 1,200.00 mensuales de intereses,a partir del treceavo mes.
No deje ya pasar más tiempo, contrate a un abogado especialista en derechi laboral, o acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en donde le asignarán a un defensor de oficio.
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AutorRespuesta No: 327117
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Septiembre de 2013 21:34 2013-09-27 21:34 desde IP: 201.153.68.230
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