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MONCHITA
- Consulta : 208376
- Autor : mjelucero_NR
- Publicado : Sábado 14 de Septiembre de 2013 11:45 desde la IP: 189.214.134.64
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 14 de Septiembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 325903
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Septiembre de 2013 12:04 2013-09-14 12:04 desde IP: 187.162.210.121
Si usted se encuentra inscrita como trabajador asegurado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social,tiene derecho a recibir la pensión por cesantía en edad avanzada al cumplir los 60 años de edad, independientemente de la que le corresponda reibir por viudez, ya que ésta se le concedió como beneficiaria de su esposo, no como asegurada.
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Autor
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AutorRespuesta No: 325922
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Septiembre de 2013 16:41 2013-09-14 16:41 desde IP: 189.234.159.150
Si... Puedes recibir hasta la de tus hijos que mueran... Si no tienen otros beneficiarios ...
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