Estado de Referencia: Estado de México
Hola, buenas noches:
Mi nombre es Rosario, tengo 55 anios de edad y 34 anios de antiguedad en la empresa que actualmente trabajo como recepcionista, mi intencion es jubilarme el proximo anio pero la empresa me indica que hasta que cumpla los 60 anios de edad, tengo en mi poder un contrato que dice "CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPOR INDETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA Y POR LA OTRA SU SERVIDORA" con fecha del 16-sept.-1981, auque yo ingrese el 13-jul-81 posiblemente como eventual, en este contrato dice en la clausula "DECIMA TERCERA.- AL LLEGAR EL EMPLEADO A LOS 60 ANIOS DE EDAD, CUALQUIERA QUE SEA SU ANTIGUEDAD O AL LLEGAR A LOS 55 ANIOS TENIENDO 35 ANIOS DE SERVICIO, TENDRA DERECHO A JUBILARSE CON UNA PENSION VITALICIA DE RETIRO, EN LOS TERMINOS Y CON LA EXTENSION ESTABLECIDA POR EL REGLAMENTO DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO Y ORGANIZACIONES AUXILIARES Y EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA INSTITUCION" me piden que lleve mi copia del contrato si en este mismo dice " El presente contrato se extiende y firma por duplicado en la Cd. de Mexico, D.F. el dia 15 de septiembre de 1981 conservando el original la Institucion y el duplicado el empleado". Mi pregunta es "debo esperar a los 60 anios si una cosa es la jubilacion por mi empresa y otra la pension por parte del IMSS, eso es lo que yo tengo entendido, les pido de favor me orienten que es lo correcto?.