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ANULACION O DIVORCIO

  • Consulta : 241904
  • Autor : Lobo37
  • Publicado : Lunes 15 de Septiembre de 2014 02:11 desde la IP: 187.209.183.70
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,101
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  • Autor
    Consulta

  • Lobo37
    USUARIO REGISTRADO

    El Codigo Civil de Tamaulipas permite la anulacion de un matrimonio en caso de una enfermedad cronica hereditaria e incurable, el cual es mi caso.

    ARTICULO 218.- Son causas de nulidad de un matrimonio:
    Fraccion II.- Que el matrimonio se haya celebrado concurriendo alguno de los impedimentos 
    enumerados en los Artículos 138 y 139; II.- Que el matrimonio se haya celebrado concurriendo alguno de los impedimentos 
    enumerados en los Artículos 138 y 139; 
     
    ARTICULO 138.- Son impedimentos para celebrar el matrimonio:
    Fraccion IX.- La impotencia incurable, la sífilis, la locura y las enfermedades crónicas e incurables
    que sean, además, contagiosas o hereditarias; IX.- La impotencia incurable, la sífilis, la locura y las enfermedades crónicas e incurables
    que sean, además, contagiosas o hereditarias; 
     
    ¿Cual es la diferencia entre anulacion y divorcio?
    Considerando que tenemos un hijo de 2 años:
    ¿Cuales son las ventajas, desventajas y consecuencias de la anulacion matrimonial?
    ¿Cuales son las ventajas, desventajas y consecuencias del divorcio?
    ARTICULO 218.- Son causas de nulidad de un matrimonio: 
     
    I.- El error de la persona con quien se contrae, cuando entendiendo un cónyuge celebrar 
    matrimonio con persona determinada, lo contrae con otra; 

     

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