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ESTá PROHIBIDO REALIZAR TIRADAS DE TAROT EN LUGARES PúBLICO, PLAZAS, RESTAURANTES ETC?

  • Consulta : 174064
  • Autor : kosmopolitikos_NR
  • Publicado : Martes 23 de Octubre de 2012 15:07 desde la IP: 189.239.190.39
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    Consulta

  • kosmopolitikos_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Acabo de empezar la carrera de Derecho y hace poco una amiga me planteó una duda. Resulta que ella, en el lugar de comidas de Plaza Miramontes quiso hacer una lectura de cartas españolas o Tarot pero se le acercó el policía y le ordenó que guardara sus cartas, que está prohibido "jugar" cartas en este lugar.

    Consulté la Ley Federal de Juegos y Sorteos de 1947 la cual establece que:

    ARTICULO 1o.- Quedan prohibidos en todo el territorio nacional, en los términos de esta Ley, los juegos de azar y los juegos con apuestas.

    ARTICULO 2o.- Sólo podrán permitirse:

    I.- El juego de ajedrez, el de damas y otros semejantes; el de dominó, de dados, de boliche, de bolos y de billar; el de pelota en todas sus formas y denominaciones; las carreras de personas, de vehículos y de animales, y en general toda clase de deportes; 

    II.- Los sorteos. 

    Los juegos no señalados se considerarán como prohibidos para los efectos de esta Ley.

    ¡Qué liberticida esta ley! ¡Peor que en un país islámico fundamentalista!

    Hasta en la casa de uno, sólo se puede jugar con el único propósito de diversión o pasatiempo ocasional, y en ninguna forma se practiquen habitualmente y solo con familiares o trato social cercano. ¿O sea que en mi propia casa la ley no se me permite jugar a diario si quiero y sólo lo puedo hacer con mis familiares o amigos?

    ARTICULO 15.- No quedan comprendidos en las disposiciones precedentes los juegos que se celebren en domicilios particulares con el único propósito de diversión o pasatiempo ocasional, y que en ninguna forma se practiquen habitualmente, siempre que además no se admitan en los mismos a personas que no tengan relaciones de familia o trato social cercano con los dueños o moradores.

    Pero volviendo al meollo del asunto  a lo que voy, primero hay que aclarar si efectivamente el Tarot es o no es un juego de azar ¿Es un "juego" el Tarot? ¿Su finalidad es entretener, divertir o es más bien adivinatorio? La norma antes citada prohibe los "juegos" de azar (bueno también prohibe las cartas por no ser un juego mencionado en el Artículo 2 de esta ley), pero  no  prohibe los medios de adivinación   hacer una  "lectura" o "consulta".  Bueno en el Código Penal para el Distrito Federal señala que realiza fraude en su Artículo 231 aquél que:

    VII. Por medio de supuesta evocación de espíritus, adivinaciones o curaciones, explote las preocupaciones, superstición o ignorancia de las personas;

    Y fraude siempre y cuando se adecúe al tipo penal señalado  en el Artículo 230: Al que por medio del engaño o aprovechando el error en que otro se halle, se haga ilícitamente de alguna cosa u obtenga un lucro indebido en beneficio propio o de un tercero.

    ¿Qué tal si no cobro la lectura de Tarot? No hay lucro, condición sine qua non del fraude.

     

    Mi consulta con ustedes es: ¿Habrá alguna jurisprudencia acerca de las "cartas" o del Tarot? Aparentemente es la Secretaría de Gobernación que regula la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

    ¿Qué podría oponer e invocar en mi defensa si un policía, guarda de seguridad o mesero de un establecimiento público llega y me ordena guarda mi mazo de cartas o de Tarot alegando que está "prohibido"?

    Sé que parece un tema trivial, igual y para algunos sin importancia pero a mí me parece interesante ya afecta la misma libertad de las personas y además no perjudica a nadie realizar una lectura. ¿Ustedes qué opinan?

     

     

     

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