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SUBARRENDAR UN LOCAL SIN LIQUIDAR
- Consulta : 287984
- Autor : vigfe_NR
- Publicado :
Miércoles 27 de Enero de 2021 18:40
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 27 de Enero de 2021
Estado de Referencia: Campeche
Buenas tardes Tengo un contrato de compraventa firmado yo como vendedor y un tercero como comprador, el inmueble se debió de liquidar desde hace 5 años y no se a pagado en su totalidad, por lo que busco recuperar la posesión, ahora bien está persona a la que le vendí el inmueble lo a estado rentando y recibiendo frutos de esa renta, tengo entendido que esto vendría siendo un sub arrendamiento y para poder hacerlo tendría que haberlo yo autorizado. Estoy en lo correcto? Si demandó la recuperación del local, podría también reclamar algo de esas rentas que ella a estado cobrando durante 5 años? Si el contrato no especifica una tasa de intereses para el cobro del saldo, hay alguna forma de aún recuperar algo más por el tiempo? Adicional les comento que la escritura está a mi nombre ya que como no pago el saldo 70% del precio, no hemos firmado nuevas escrituras. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 400623
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Enero de 2021 03:27 2021-01-28 03:27 desde IP: 189.203.88.118
Un contrato de compraventa no tiene relación con un contrato de arrendamiento y por lo tanto no existe subarrendamiento. Si aún le adeudan el 70% del precio pactado lo que corresponde es demandar la rescisión del contrato, y claro está tiene derecho a reclamar como compensación el pago de las rentas por el tiempo que ha ocupado el inmueble si no se señaló una cláusula penal.
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